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El Consultivo avala que un alumno granadino que tuvo un 10 sin ir a clase pierda el título de FP

  • El centro educativo fue apercibido tras la denuncia de varios compañeros

  • La Inspección determinó que hubo trato de favor

  • El estudiante entró después en un grado de la Universidad de Granada

Educación solicitó dictamen sobre el procedimiento de revisión de la obtención del título.

Educación solicitó dictamen sobre el procedimiento de revisión de la obtención del título. / R. G.

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado en contra de la solicitud de la Consejería de Educación de mantener la obtención de un título de FP por parte de un estudiante de Granada. El alumno consiguió un 10 sin ir a clase, sin que se adecuaran ni programaciones, metodologías ni evaluaciones a la enseñanza online y pudo de este modo entrar en un grado que se oferta en la Universidad de Granada.

Fueron compañeros del alumno en cuestión los que denunciaron el caso ante la Delegación de Educación, que apercibió al centro e inició el procedimiento de revisión de oficio de la obtención del título. Se sintieron perjudicados por el hecho de que este compañero hubiera podido acceder al grado de Odontología gracias a las calificaciones obtenidas pese a que era evidente que no había asistido al centro formativo.

En el dictamen queda claro que el estudiante obtuvo la titulación de una forma anómala. “En el caso sometido a nuestra consideración, es claro que el otorgamiento del título académico en cuestión infringe el ordenamiento jurídico”. El documento del Consultivo desglosa el informe elaborado por el Servicio de Inspección de la Delegación de Educación, de 2019, “que termina calificando como graves las irregularidades cometidas por este centro docente”. Éste cuenta con una oferta educativa presencial, destacaba el informe de la Inspección, que recoge las declaraciones del director, profesores, los estudiantes que denunciaron y del propio alumno.

Se destaca en el documento que el centro decidió “adaptar la enseñanza y la evaluación” pese a que el estudiante no asistiría a clase “basándose en que el alumno era licenciado en Farmacia, su mujer era dueña de una clínica dental y su currículum estaba relacionado con el sector sanitario”. No se exigió la asistencia a clase ni se adaptó la evaluación. El estudiante obtuvo una calificación media de 10, “lo que a su vez le permitió acceder al grado de Odontología de la Universidad de Granada”. Una de las docentes a la que se cuestionó sobre esto indicó que “se habló de que quería acceder a Odontología, entonces necesitaba nota, pero que teníamos que haber sido más duros con él y que los alumnos no tuvieran esos celos”. El informe de la Inspección deja claro que el alumno “tuvo un trato de favor por parte de todo el profesorado” y que partió “con ventaja respecto de otros aspirantes que también intentaron acceder por la misma vía y al mismo grado en la misma Universidad”.

El Consultivo determina que “ha quedado acreditado” que el centro en cuestión “no contaba con la autorización para impartir esta titulación a distancia ni se produjo (al menos, no consta) la adaptación” de las enseñanzas a la situación particular del estudiante. “En el presente caso la nulidad es tan palmaria que no es necesario un especial esfuerzo intelectivo para apreciarla”, llega a expresar el dictamen, que, por otra parte, analiza la cuestión desde otro punto de vista para ir en contra de la propuesta de Educación.

“La revisión de oficio debe ejercerse ponderando en delicado equilibrio esos derechos del interesado y la protección el interés general”. Con respecto a lo primero, establece que el alumno “pudo creer” que quien debía velar por la legalidad del proceso “lo estaba haciendo correctamente”. En cuanto al interés general, establece que la Administración debe establecer en el momento de solicitar la revisión de la obtención del título de FP “si dichas competencias profesionales pudieran haberse adquirido al cursarse estudios superiores a los que la tan referida titulación viciada de nulidad reconoce”.

El dictamen cuenta con un voto particular discrepante, formulado por Juan Gorelli Hernández y al que se adhirió Ángel Rodríguez-Vergara, en el que, entre otras consideraciones se establece que el informe de la Inspección tenía como objeto analizar la situación del centro y que la nulidad “tendría consecuencias catastróficas” para el alumno.

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