Pabellón Mulhacén

Los restaurantes ilegalizados junto al Pabellón Mulhacén, otra losa en el alero de la ciudad

  • La empresa de García Arrabal valora la concesión en 2,4 millones

  • El contrato de alquiler de McDonald’s ya avanza que podría pedir indemnizaciones por el lucro cesante si tiene que cerrar

La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que declara ilegal la zona de restaurantes ubicada junto al Pabellón Mulhacén del Zaidín, podría tener consecuencias económicas para el Ayuntamiento de Granada si afecta a la continuidad de los establecimientos instalados allí. Por lo pronto, la concesionaria de todo el recinto (del empresario Roberto García Arrabal) ha presentado un documento en un juzgado que valora el negocio por encima de 2,4 millones de euros.

El complejo de bares y restaurantes de esa zona fue construido sobre una parte de la parcela municipal que la normativa urbanística reservaba para un uso deportivo obligatorio, motivo por el que el TSJA ha declarado ilegal esas construcciones. El Ayuntamiento adjudicó su explotación comercial mediante una concesión administrativa de 40 años a la empresa Fontdeis SL, de García Arrabal. Más tarde autorizó cambios urbanísticos que permitieron la construcción de los restaurantes actualmente abiertos en esa zona.

En paralelo a este pleito contencioso, el empresario está siendo investigado actualmente por presunta corrupción urbanística en varias causas judiciales. En el caso Serrallo, por el que tendrá que sentarse en el banquillo, la jueza impuso una fianza de 2 millones de euros a los acusados y a algunas de las empresas implicadas por su posible responsabilidad económica futura.

En este contexto, la sociedad Fontdeis (que es una de esas mercantiles afectadas) remitió el mes pasado un escrito al Juzgado en el que asegura no tener más patrimonio que el valor intangible de la concesión municipal para la explotación de la parcela del Pabellón Mulhacén y el resto de negocios allí instalados. Aportó un certificado emitido por una asesoría contable que cifra el valor de esa concesión en 2,425.540 euros. Si esas instalaciones tuvieran que cerrar o, incluso, ser demolidas, es de suponer que la mercantil haría valer esa pérdida.

Esta sociedad concesionaria tiene a su vez arrendados los solares o los locales comerciales a otras empresas, como McDonald’s. En el contrato de alquiler firmado por la conocida cadena de restauración en 2011, al que ha tenido acceso este periódico, ya se contempla en uno de sus apartados la posibilidad de que el restaurante tuviera que suspender su actividad a causa de algún cambio en la concesión del Ayuntamiento.

En ese caso, además de dar por resuelto el acuerdo entre ellos, McDonald tendría derecho a que la arrendadora (Fontdeis) “le indemnice por los daños y perjuicios que le ocasione dicha resolución o modificación de la concesión, incluido el lucro cesante” por los años de negocio que dejaría de explotar. Y añade el documento, que esto se produciría “independientemente del monto de la compensación que pudiera recibir la arrendadora de la Administración”.

Es decir, que las empresas inquilinas podrían reclamar a la sociedad de García Arrabal (que es la que les arrienda el local) y a su vez ésta, tendría la opción de pedir compensaciones económicas al Ayuntamiento. Además de McDonald’s, en el recinto hay otros restaurantes y cafeterías como Bernina o La Cueva.

Tras conocerse la sentencia del TSJA sobre la ilegalidad de esas construcciones de uso lucrativo en la esquina entre la calle Torre de la Pólvora y Emperador Carlos V, el Ayuntamiento de la capital no ha explicado claramente qué acción tiene previsto emprender. Si recurrirá la sentencia, si rescatará la concesión administrativa, si ordenará cerrar los establecimientos o si llegará a ordenar su demolición forman aún un conjunto de posibilidades que el actual equipo de gobierno tendría sobre la mesa ahora.

La decisión podría quedar en suspenso hasta después de las elecciones municipales, según lo explicado a este periódico por el concejal de Urbanismo, Miguel Ángel Fernández Madrid, justo después de conocerse la sentencia. El edil habló incluso de una paralización de la actividad en el área de Urbanismo hasta que un nuevo equipo de gobierno (tras las elecciones de mayo) tome decisiones tan sensibles, que pueden costar mucho dinero a la ciudad. El mismo responsable político ya mencionó en ese momento el problema de las posibles cantidades de “lucro cesante” de esos negocios.

El problema fundamental es que el Ayuntamiento avaló esas construcciones mediante la aprobación de los estudios de detalle y otros documentos urbanísticos necesarios para su supuesta legalidad, además de otorgarles la licencias de obras y de actividad a los negocios.

El contrato de alquiler entre la empresa concesionaria (la de García Arrabal) y McDonald’s, fechado en 2011, demuestra que ambas partes negociaron para poder llevar a cabo ese alquiler una serie de cambios urbanísticos y de la concesión administrativa que tenían que ser aprobados por el municipio. Y así ocurrió después. Esas modificaciones, a petición del empresario, son precisamente el núcleo de la ilegalidad que pone ahora de manifiesto el Tribunal andaluz en su sentencia.

El origen del conflicto urbanístico está en que inicialmente estaba previsto el uso completo de ese terreno para un complejo deportivo que más tarde se fue reduciendo (se eliminaron pistas de tenis, pádel y el aparcamiento) y sustituyendo por los locales comerciales actuales, que acompañan a un pabellón más pequeño de lo previsto originalmente en la concesión. El Ayuntamiento fue autorizando los cambios mediante sucesivos estudios de detalle. El último de ellos es el que ahora queda anulado por el TSJA.

La resolución del pasado 20 de diciembre, que fue difundida por este periódico, establece que el estudio de detalle impugnado “infringe la regulación sobre usos del suelo” contenida en el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Granada. En resumen, la sentencia explica que en una parcela de uso deportivo obligatorio (“dotaciones de carácter estratégico que es necesario preservar”) no se puede permitir la construcción de edificios destinados a otros usos, como en este caso ocurrió con los restaurantes.

Precisamente estos cambios urbanísticos, que en teoría beneficiaron al empresario de la concesión, se están investigando también en otra causa judicial por la vía penal, que es el caso Nazarí. El Juzgado y la Policía indagan sobre un posible “trato de favor” por parte de los responsables municipales de aquella época de gobierno del PP.

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