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Plan antifraude del Ayuntamiento de Granada: medidas contra la corrupción en la contratación pública

Plan antifraude del Ayuntamiento de Granada: medidas para evitar la corrupción en la contratación pública

Plan antifraude del Ayuntamiento de Granada: medidas para evitar la corrupción en la contratación pública / G. H.

Mordidas en contratos públicos como han salido a la luz en los últimos meses en Madrid, ahora con el denominado ‘caso mascarillas’, otros escándalos de contrataciones en ayuntamientos del país, en los que afloran conflictos de intereses o corrupción son hechos poco habituales en las administraciones públicas pero que cuando se producen son tan alarmantes que dejan ver la falta de control puntual y las irregularidades en la acción política y pública. ¿Cómo se pueden evitar estos hechos? ¿Son suficientes los mecanismos de control? Ahora, además, con la proliferación de fondos europeos es la propia UE la que exige controlar este dinero y que se destine a lo que se ha dicho y no a otros fines.

Por eso, el Ayuntamiento de Granada, a través de la Junta de Gobierno Local, aprobó el 25 de marzo el Plan de medidas antifraude del Consistorio. ¿Qué es este documento? ¿Para qué sirve? Se trata de una obligación que imponen los fondos europeos desde otras convocatorias como los Edusi y que ahora se realiza para los fondos Next Generation. El objetivo: garantizar que la aplicación de estos fondos se realiza según la norma y que por tanto no hay fraude en el uso de estas ayudas económicas millonarias.

Con esta convocatoria de los fondos provenientes del “Plan Recuperación, Transformación y Resiliencia” del Gobierno de España, el Ayuntamiento, como entidad ejecutora, tiene que disponer de una “Plan de medidas anti-fraude” que garantice la aplicación de dichos fondos conforme al marco normativo vigente, especialmente en cuanto a la prevención, detección y corrección del fraude. Un plan que se ha elaborado aprovechando la experiencia acumulada en la gestión previa de los fondos de la “Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado” (EDUSI). De hecho, el ámbito de aplicación del nuevo plan afecta a la totalidad de los fondos europeos que gestiona el Ayuntamiento y no solo a los Next Generation.

Según el área, que dirige la concejal Ana Muñoz, a través de este documento el Ayuntamiento de Granada se reafirma en su compromiso con la prevención y corrección de situaciones de conflicto de interés que puedan surgir en torno a la ejecución de los fondos recibidos por parte de la Unión Europea, contribuyendo a una utilización óptima de los mismos. El modelo del plan pivota sobre los cuatro ejes fundamentales del denominado “Ciclo anti-fraude”: la prevención, la detección, la corrección y la persecución.

La concejal Ana Muñoz explica que el plan es "el documento que establece toda la trazabilidad de un proyecto europeo". "Los fondos europeos tienen todas las garantías del mundo y tienen que cumplir los objetivos, destinarlo a lo que ha venido en base a la convocatoria según si es de transformación social, de formación,... Y una parte importante es toda la trazabilidad, cómo se controla el dinero que viene", explica la concejal, que asegura que el plan antifraude "es una cosa muy normal y es obligatorio en todas las convocatorias".

En el plan participa "toda estructura que tiene que ver con la gestión" de los fondos: secretaría, intervención, contratación, economía, tesorería y la oficina de fondos europeos "que hemos puesto en marcha y que está dedicada específicamente a eso".

Muñoz recuerda que ella como concejal en el anterior mandato del PSOE también tuvo que hacer este plan respecto a los Edusi en 2017 (vinculados a los Feder 2014-2020) y que como ese era un "modelo muy bueno" lo que se ha hecho es "replicarlo". Y esto lo han visto bien en Europa, que lo tiene que aprobar.

Contratación pública

El principal ámbito sobre el que se desarrolla el plan afecta a la contratación pública. Es un sector que supone el mayor canal de gasto público y especialmente vulnerable al fraude y a las irregularidad. La experiencia de investigación de la oficina europea demuestra que la contratación pública sigue siendo un campo atractivo para defraudadores.  

Medidas del plan

El documento establece las directrices para las personas que prestan sus servicios en la entidad y que están implicadas en la gestión de los fondos para que puedan reforzar los mecanismos para la prevención, detección y lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. 

Tiene cuatro patas: prevención, detección, corrección y persecución y su objetivo es "promover una cultura que ejerza un efecto disuasorio para cualquier tipo de actividad fraudulenta, haciendo posible su prevención y detección y desarrollando unos procedimientos que faciliten la investigación del fraude y de los delitos relacionados con el mismo".

Se aplica a la totalidad de los empleados públicos que trabajan en el Ayuntamiento y en particular a quieres realizan tareas de gestión, seguimiento, control y pago en el marco de los proyectos Next Generation. También se aplican a las entidades y personas beneficiarias privadas, socios, contratistas y subcontratistas que reciban o tengan actuaciones financiadas con fondos públicos.

Fraude

Describe comportamientos faltos de ética como el robo, la corrupción, el desfalco, el soborno, presentación de declaraciones o documentos falsos o inexactos, la representación errónea, la colusión, el blanqueo de capitales o la ocultación de hechos. "Con frecuencia implica el uso del engaño con el fin de conseguir ganancias personales para una persona vinculada a un organismo público o para un tercero, o bien pérdidas para otra persona", recoge el plan.

El fraude no solo implica posibles consecuencias financieras sino que perjudica la reputación del organismo. 

Incluye presentación de declaraciones o de documentos falsos, inexactos o incompletos que tengan por efecto la percepción, la malversación o la retención indebida de fondos públicos. También el desvío de esos fondos para otros fines distintos de aquellos de los que motivaron su concesión inicial.

Corrupción

La UE considera corrupción al abuso de poder de un puesto público para obtener beneficios de carácter privado. La forma más frecuente de corrupción es el soborno o pagos corruptos o beneficios de carácter similar. Hay muchos tipos de prácticas corruptas y todas se ajustan al uso aventajado de recursos económicos para beneficio personal. Los pagos corruptos facilitan muchos otros tipos de fraude, como la facturación falsa, los gastos fantasmas o el incumplimiento de las condiciones contractuales.

En el plan se considera corrupción (pasiva) a la acción de un funcionario que, directamente o a través de un intermediario, pida o reciba ventajas de cualquier tipo, para él o para terceros, o acepte la promesa de una ventaja, a fin de que actúe, o se abstenga de actuar, de acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que perjudique o pueda perjudicar los intereses públicos.

Conflicto de intereses

Existe conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones de una persona se ve comprometido por motivos relacionados con su familia, su vida sentimental, sus afinidades políticas o nacionales, sus intereses económicos o cualquier otro motivo directo o indirecto de interés personal. 

Se han convertido en una preocupación recurrente, especialmente en el marco de la contratación pública, porque pueden causar un grave daño al presupuesto público y a la reputación de la administración pública afectada.

¿Cuál es la diferencia entre conflictos de intereses y corrupción? La corrupción generalmente requiere una cuerdo entre al menos dos socios y algún pago, soborno o ventaja de algún tipo. Un conflicto de intereses surge cuando una persona puede tener la oportunidad de anteponer sus intereses privados a sus deberes profesionales.

Diferencia entre conflicto de intereses aparente, potencial y real. 

Irregularidad

Es toda infracción de una disposición del derecho comunitario correspondiente a una acción u omisión de un agente económico que tenga o tuviera por efecto perjudicar al presupuesto general de las comunidades o a los presupuestos administrados por estas. Una irregularidad no siempre implica la posible existencia de fraude.

Evaluación de riesgos

El plan se basa en la evaluación de los riesgos de fraude existentes en los procesos de gestión administrativa que desarrolla el organismo al objeto de determinar el grado de idoneidad de los controles internos existentes para abordar los riesgos ligados a los distintos supuestos de fraude e identificar los ámbitos en los que se precise realizar controles complementarios.

Medidas de prevención y detección

Establece medias concretas para la prevención y detección y procedimientos para dar seguimiento a las sospechas de fraude y recuperar los fondos gastados de forma fraudulenta. 

La fase de prevención afecta de forma horizontal a todas las unidades del Ayuntamiento implicadas en la gestión del plan.  Los métodos de prevención consisten en implantar potentes sistemas de control interno junto con una evaluación del riesgo. Como medidas incluye una declaración pública de la entidad, un código ético y de conducta por parte de los empleados públicos, declaración de ausencia de conflicto de intereses, formación y concienciación a empleados públicos en materia antifraude, autodiagnóstico o aplicación estricta de la normativa interna.

Como la prevención no da protección completa, se establecen sistemas para identificar ámbitos problemáticos y actividades potencialmente fraudulentas. Entre las medidas incluye un canal de denuncias abierto o indicadores de alerta o banderas rojas.

En corrección hay compromiso de informar al organismo de las irregularidades y sospechas de fraude.

En persecución, se incluye la suspensión del procedimiento, comunicación de los hechos y medidas adoptadas, denuncia ante las autoridades competentes, inicio de una información reservada o expediente disciplinario y denunciar los hechos en su caso ante el ministerio fiscal cuando proceda. Además, recuperación de los importes percibidos y acción penal. 

Para la sostenibilidad del sistema se crea una comisión antifraude que evaluará el riesgo con carácter anual. 

En la autoevaluación se indica que el Ayuntamiento tiene una política de "tolerancia cero" al fraude y la corrupción con un sistema de control robusto diseñado para prevenir y detectar, en la medida de lo posible, los actos de fraude y corregir su impacto en caso de producirse".

Grado de cumplimiento

El grado de cumplimiento es el máximo en la mayoría de ítems del test de conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción, teniendo que mejorar en el uso de herramientas de prospección de datos o de puenación de riesgos, en definir banderas rojas de alerta y en impartir formación que facilite la detección del fraude. Los puntos relativos son el 93,75%. 

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