Instituciones Penitenciarias

Polémica tras la orden que permite a los presos del Centro de Inserción Social de Granada tener teléfono móvil

  • Instituciones Penitenciarias lo cataloga como "objeto autorizado" para los reos en una nueva instrucción, pero en cambio prohíbe el uso de estos dispositivos a los funcionarios

Fachada principal del Centro de Inserción Social (CIS) Matilde Cantos de Granada.

Fachada principal del Centro de Inserción Social (CIS) Matilde Cantos de Granada. / Jesús Jiménez / Photographerssports

Si hay un objeto que a día de hoy se ha convertido en un imprescindible para todos es, sin lugar a duda, el teléfono móvil. En una sociedad hiperconectada como la que vivimos, no tener uno de estos dispositivos podría entenderse como sinónimo de estar "desinformado" e incluso falto de una herramienta "clave" para el trabajo. Así lo entiende gran parte de la población y así lo han entendido también en Instituciones Penitenciarias... Pero con matices. Y es que según la Instrucción 2/2021 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, en la que se hace un catálogo de los objetos autorizados a partir de ahora para los Centros de Inserción Social y Secciones abiertas, se ha incluido el teléfono móvil. Esto supone que los presos del CIS Matilde Cantos de Granada podrán tener su dispositivo, algo que, por contra, no pueden hacer los funcionarios de prisiones.

"Los Centros de Inserción Social son establecimientos penitenciarios destinados al cumplimiento de penas privativas de libertad en régimen abierto y de las penas de arresto de fin de semana, así como al seguimiento de cuantas penas no privativas de libertad se establezcan en la legislación penal", explican a Granada Hoy desde el sindicato APFP de Granada, que se ha mostrado en contra de esta autorización. Según exponen desde APFP, esto "dificulta la vigilancia y deriva en que los reclusos puedan hacer un mal uso de los teléfonos móviles para seguir delinquiendo o para amenazar en caso de violencia de género", algo que además se agudiza con la falta de personal: en el CIS Matilde Cantos, de las 73 plazas del catálogo de personal hay 20 sin cubrir.

Tal y como recoge Instituciones Penitenciarias en citada instrucción, "se podrá autorizar la entrada en el centro de instrumentos que se utilicen como medio de transporte (bicicletas, patinetes o similares) (...)  podrán tener consigo o dejar depositados en la habitación objetos electrónicos como ordenadores personales, tabletas electrónicas, aparatos de telefonía móvil o libros electrónicos".

Para ello, la justificación se basa en que "el uso generalizado de las nuevas tecnologías (TIC) permite afirmar la existencia de una sociedad de la información, que el ámbito del Medio Abierto ha de tener presente a efectos laborales, formativos y de comunicación. La mayoría de ciudadanos –más intensamente los jóvenes- considera que las herramientas tecnológicas resultan cada vez más imprescindibles en la vida cotidiana. Además, el régimen abierto resulta adecuado para favorecer la relación electrónica de los usuarios con la Administración (apartado III de Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común), derecho de los ciudadanos que no podrían ejercer si no se permiten las herramientas adecuadas para ello".

Sin embargo, esta premisa choca de forma directa con las directrices que Prisiones mantiene hacia sus trabajadores. Según critican desde APFP, "la Administración Penitenciaria, para sus trabajadores no permite el teletrabajo alegando que no dispone de medios y en los centros penitenciarios tiene prohibido el acceso a internet, a las plataformas de información, a los correos informáticos, etcétera, bajo la especial justificación tecnológica de insuficiencia de banda", algo que, a juicio del sindicato, debería estar suplido hace años.

Pero, además, "mientras para unas personas con limitaciones legales por haber cometido un delito, aunque se encuentren en proceso de reinserción, se les permite integrarse en una sociedad de la información a través de la utilización permitida de teléfonos móviles, a los trabajadores penitenciarios les tienen prohibido el uso del móvil en el interior de los Centros Penitenciarios bajo amenaza y motivo de expediente disciplinario", manifiestan desde el sindicato.

En este sentido, desde APFP denuncian que "con esta instrucción se pone en peligro la privacidad de muchos de aquellos reclusos en semilibertad a los que otros internos puedan grabar sin su consentimiento con dispositivos móviles, con fines espurios tanto contra ellos como para con sus familias o contra los funcionarios de prisiones", mientras que además también manifiestan la dificultad para las labores de vigilancia. Tal es así que consideran "materialmente imposible que se pueda hacer un seguimiento y control sobre una lista interminable de objetos, que ahora han dejado de ser prohibidos en el interior del recinto penitenciario y, por tanto, de uso libre por los reclusos en régimen de semilibertad".

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