Tribunales

El TSJA obliga a Subdelegación a proponer un recorrido alternativo para la marcha contra la Cumbre Europea

Fachada de la Real Chancillería, sede del TSJA.

Fachada de la Real Chancillería, sede del TSJA. / G. H.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha pedido este jueves a la Subdelegación del Gobierno en Granada que ofrezca un itinerario alternativo a la manifestación prevista en la capital en rechazo a la Cumbre Europea. Con este fallo, al que ha tenido acceso Granada Hoy, el alto tribunal da respuesta, aunque no definitiva, a la demanda interpuesta por un colectivo al que la representación del Ejecutivo nacional había negado el permiso para una manifestación el próximo 5 de octubre. 

En la sentencia, contra la que no cabe recurso, el TSJA exige también a la Subdelegación que el recorrido alternativo no implique "la íntegra estimación del suplico de la demanda en cuanto que interesaba que se autorizara la manifestación" propuesta por el colectivo Cumbre Social Granada, bajo el que se integraban más de 30 asociaciones que apostaban por otro modelo de Europa.

Según se recoge en la sentencia, el itinerario original propuesto por Cumbre Social Granada partía, a las 19:00 horas, de Triunfo y tenía su punto final en el Palacio de Congresos, sede principal de la Cumbre, sobre las 21:00 horas, pasando por Gran Vía, Reyes Católicos, Acera del Darro y Paseo del Violón, todo ello con la previsión de congregar a unas 5.000 personas. 

Ante esta previsión, la Subdelegación emitió un veredicto negativo, justificándose en "dos informes que no se acompañan ni han sido trasladados a los convocantes", según el TSJA. Así, el informe de la Policía Local, que reproduce brevemente la sentencia, asegura que "parte del recorrido propuesto permanecerá cerrado al tráfico rodado [...] por motivos de seguridad", aunque no se precisa qué partes afecta ni los motivos del cierre. 

El otro informe, procedente de la Policía Nacional, asegura que el recorrido "resulta incompatible por razones de seguridad", pero no se indican cuáles son esas razones, asegura el TSJA, quien llegado el punto reconoce que este informe entra "en evidente contradicción con el informe de la Policía Local". 

Ante esta situación y asegurando que "la propuesta a la recurrente de presentar otro itinerario" por parte de Subdelegación "no viene acompañada de información suficiente" supone "impedir de facto el ejercicio del derecho".

En su argumentación, el TSJA, que se basa en la doctrina del Constitucional, afirma que "antes de prohibir una manifestación" la administración responsable debe proponer las modificaciones de fecha, lugar o duración para que la manifestación pueda celebrarse, y que supondría la "garantía del ejercicio del derecho fundamental de reunión y manifestación", algo que no ha hecho la Subdelegación.

Pese a todo, el TSJA reconoce en la sentencia que dar demasiados detalles sobre el recorrido o la organización de una cumbre como la que acogerá Granada en unas semanas "puede hacerse plenamente efectiva la adecuada protección del derecho de manifestación". Precisamente, este es el motivo que lleva al tribunal a revocar la resolución y "ordenar la retroacción del expediente".

De esta forma, los convocantes ven en parte cumplida su demanda, después de que defendieran en la vista que esa prohibición afecta al derecho fundamental a manifestarse y contaron con el respaldo de la Fiscalía, que mostró su interés en que se estime su recurso.

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