Granada

El alcalde de Láchar declarará ante el juez por prevaricación urbanística

  • Javier Montiel ha sido imputado por haber concedido una licencia de primera ocupación a una promoción de 24 viviendas aunque todavía no estaba finalizada

El alcalde de Láchar, Javier Montiel (PSOE), ha sido llamado a declarar como imputado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Santa Fe por un presunto delito de prevaricación, al haber dado licencia de primera ocupación a una promoción de 24 viviendas sin los informes de los técnicos municipales ni del secretario del Ayuntamiento.

El hecho fue denunciado por uno de los compradores al despacho de los hermanos Martínez de las Heras. El afectado alega que junto a su abogado se dirigió al Ayuntamiento para saber "cómo era posible que la vivienda que había adquirido tuviera licencia de primera ocupación, cuando no estaba terminada". Como no les informaron, a principios de junio presentaron un escrito en el que solicitaban copia de la licencia de primera ocupación y de los informes técnicos en los que esa decisión se hubiera amparado.

El 26 de ese mes, al no obtener respuesta, consultaron directamente con el secretario municipal, que indicó que "no encontraba el expediente y que debía tenerlo el alcalde o el concejal de Urbanismo". Pidieron, pues, una cita para conseguir una copia del expediente, pero fue anulada el día anterior. "Hasta la fecha de interposición de esta denuncia, se han efectuado diversas llamadas, pero sin respuesta alguna", defiende el escrito.

Así pues, la parte denunciante decidió contratar los servicios de un notario y un técnico que emitieran sus respectivos informes, constatando que las obras estaban sin terminar y que, por tanto, no podían obtener la licencia de primera ocupación.

Según consta en la denuncia, el notario pudo comprobar que "la urbanización no estaba terminada, sino que además las canalizaciones de suministro, tales como agua potable y residual, electricidad, etc. no se encontraban realizadas ni conectados". Curiosamente, el día en el que el afectado acudió al despacho del notario, encontró allí a otros tres compradores de la promoción que han interpuesto otra denuncia, en este caso, ante la Fiscalía.

Al mismo tiempo, el comprador de la vivienda había interpuesto otra demanda de resolución contractual en el Juzgado de Primera Instancia 12 de Granada, ya que la promotora no había contestado a ninguno de los burofax enviados con la intención de dar por extinguida la relación de comprador y vendedor.

A raíz de ese procedimiento, el afectado pudo conseguir, por fin, la licencia de primera ocupación del Ayuntamiento de Láchar, fechada el 21 de mayo. Pero la certificación estaba emitida no a raíz del preceptivo informe técnico y jurídico municipal, sino que se basaba en "el certificado final de la dirección de la obra", emitido por el arquitecto de la promotora.

En la denuncia se hace constar que "llama poderosamente la atención que el alcalde argumente y recurra a un certificado final de obra de los profesionales del promotor para otorgar la licencia y no recurra a los servicios técnicos municipales, tal como es preceptivo en la legislación vigente". Por si todo esto fuera poco, el demandante asegura que la promoción "se encuentra a la entrada del municipio en la carretera, por lo que el alcalde conocía perfectamente que dicha urbanización y obra no se encontraban terminadas. Siguen sin estarlo".

Con esta documentación en su poder, el demandante solicitó al Ayuntamiento que declarase la nulidad de la licencia de primera ocupación, solicitud que tuvo respuesta el pasado 4 de septiembre, cuando el Consistorio admitió a trámite la petición e inició el "trámite de declaración de nulidad" del permiso "y consecuentemente, suspender la eficacia de la licencia otorgada", así como "la paralización de los actos que estén o puedan ejecutarse a su amparo".

El juzgado de Santa Fe admitió la denuncia por prevaricación, al entender la "posible existencia de infracción penal", incoando diligencias previas. Por ello, ha llamado a declarar al denunciante el próximo día 11, mientras que el alcalde tendrá que hacerlo, en calidad de imputado, al día siguiente, al igual que el promotor, que testificará como testigo.

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