El juez cierra la instrucción del caso Medina Elvira con siete imputados

Deja al alcade de Atarfe y a su antecesor a un paso del banquillo por dar licencias de primera ocupación

Aspecto actual de algunos de los edificios levantados en esta urbanización.
Aspecto actual de algunos de los edificios levantados en esta urbanización.
Yenalia Huertas Granada

29 de enero 2013 - 01:00

El juez Antonio Moreno, que investiga presuntas irregularidades en la concesión de licencias a diversos constructores de la urbanización Medina Elvira de Atarfe, ha concluido la instrucción del caso, que pasa a la fase de preparación de juicio oral con siete imputados, entre los que figuran el actual alcalde del municipio, Tomás Ruiz (PSOE), y su antecesor, el también socialista Víctor Sánchez.

El magistrado aprecia en los hechos la posible comisión de cuatro delitos: prevaricación urbanística, malversación de caudales públicos, estafa y defraudación de fluido eléctrico y análogos, "sin perjuicio -subraya en su auto- de ulterior calificación definitiva en su caso". Y es que serán ahora las acusaciones personadas en la causa las que deberán de calificar los hechos y solicitar la apertura de juicio oral.

El paso dado por el juez Moreno, que es el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de la capital, deja en la antesala del juicio a los imputados. Así, en caso de que se acuse a todos ellos -las partes pueden tanto formular acusación como instar el archivo-, los dos políticos compartirían banquillo con el arquitecto y el secretario del Ayuntamiento de Atarfe, así como con los representantes legales de las promotoras Bareo Investments y Vladigolf, Península Project Management S.L., y Costaind S.A. y Costa Indálica S.A.

La resolución del juez, dictada el pasado día 23 y que puede ser recurrida, establece que Víctor Sánchez, alcalde de Atarfe desde 1991 hasta marzo de 2009, y Tomás Ruiz Maeso, alcalde del mismo municipio desde el 15 de enero de 2010, "se aprovecharon de sus cargos municipales, concediendo irregularmente licencias de primera ocupación a diversas promotoras del complejo residencial, favoreciendo y permitiendo a dichas sociedades la venta de inmuebles urbanizables de Medina Elvira, a sabiendas de que no contaban con los servicios mínimos para su ocupación y habitabilidad".

En concreto, en época de Víctor Sánchez, se concedieron licencias a favor de Península Project Management S.L., así como licencia de primera ocupación a favor de sociedad Balcep. Por parte del actual alcalde se concedieron, según recoge el auto, dos licencias de primera ocupación en 2008 y otras dos en 2010 a favor de Península Project Management S.L., Bareo Investments y Costa Indálica S.A. El juez Moreno pone de relieve que los expedientes que obran en su poder de estos actos administrativos "carecen de la preceptiva documentación legalmente exigible, pues o no tienen informe técnico y/o jurídico, o el existente resulta desfavorable".

Sobre el papel jugado por el arquitecto del Ayuntamiento de Atarfe, L.G.C., el instructor le atribuye la emisión, "con pleno conocimiento de la no terminación de las obras y del sistema de evacuación de aguas", de informes técnicos favorables para la concesión de las licencias de primera ocupación. En cuanto al secretario del Ayuntamiento, cuyas iniciales son J.A.L.G., el magistrado recuerda que correspondía a éste el control de la legalidad de los expedientes. En este sentido, entiende que participó en la concesión de las licencias de primera ocupación, "por omisión de las obligaciones propias de su cargo".

Para el instructor, los propietarios de las viviendas resultaron "perjudicados" por las promotoras Bareo Investments, Vladigolf, Península Project Management S.L., Costaind S.A. y Costa Indalica S.A., ya que éstas procedieron a la venta de los pisos, "con pleno conocimiento de que las obras de ejecución no se encontraban finalizadas, ni dotadas las viviendas de los servicios necesarios para la ocupación y habitabilidad; apreciándose, por tanto, la concurrencia de engaño bastante para obtener un desplazamiento patrimonial a su favor, con ánimo de lucro".

En lo que a la posible defraudación del suministro de agua se refiere, el juez subraya que "únicamente se ha constatado que con el consentimiento o no de Aguasvira las viviendas del Plan Parcial SR-20 (residencial Medina Elvira), están dotadas de servicio de agua a través de contrato de aguas para obras, sin que exista contrato individual; sin saber si el suministro está siendo pagado por las promotoras, por el Ayuntamiento o por la EUC, pero en ningún caso se realiza abono alguno por los propietarios de las viviendas".

Existe una segunda causa penal relacionada con esta urbanización que también se halla en Instrucción 4 y que continúa instruyéndose.

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