El juez descarta que el gurú ejerciera control mental sobre sus adeptos
Archiva la causa contra el líder de la Casa Yoga de Armilla al no ver delito alguno en sus actos
Antonio J.P., líder de la comunidad religiosa Vaidika Partisana Sangha Comunidad Hinduista de la Rama Védica de España, que tiene su templo en la Casa Yoga de Armilla, no tendrá que sentarse finalmente en el banquillo de los acusados. El juez de Instrucción número 7 de la capital, que ha investigado las denuncias que formularon contra él tanto ex adeptos del grupo como familiares de personas ligadas al mismo, ha descartado que el gurú haya cometido delito alguno, por lo que ha decretado el sobreseimiento provisional del caso.
"No se ha acreditado que en el seno del grupo se hiciera uso de técnicas de maltrato psicológico y control mental que pudiera haber producido en alguno de los miembros cualquier quebranto psicológico", subraya el auto de archivo emitido por el instructor, al que ha tenido acceso este diario y contra el que cabe recurso.
Para el magistrado, el imputado no cometió tampoco delitos de coacciones, lesiones, contra la libertad sexual, estafa o intrusismo, conductas todas ellas que le imputaban las acusaciones popular y particular "de forma totalmente genérica, y sin la articulación de prueba alguna que avale mínimamente su comisión".
La resolución, que da así carpetazo a un caso que despertó el interés de los medios de comunicación desde el principio, se produce después de que la Fiscalía de Granada pidiese en un informe reciente el archivo de las actuaciones.
En concreto, los denunciantes acusaban al gurú, según recuerda el auto, de captar a personas hacia la comunidad "en satisfacción de sus intereses personales, utilizando para ello técnicas de persuasión colectiva, limitando la alimentación y las horas de sueño de sus miembros, y consiguiendo su agotamiento físico y mental". Algunos aseguraban además -como recoge la propia resolución- que el gurú utilizaba para ello "incluso la violencia física, consiguiendo mediante dichas técnicas el acceso sexual a muchas integrantes de la comunidad", y todo ello "encaminado" a obtener la disposición de sus bienes "para su integración en el patrimonio personal del denunciado".
Antonio J.P. siempre ha defendido su inocencia. Su comunidad, también. De hecho, cuando las denuncias de algunos ex adeptos comenzaron a hacerse públicas, el grupo religioso llegó a ofrecer una rueda de prensa para defender a su líder ante afirmaciones que consideraron injuriosas.
El auto subraya que "no existen motivos objetivos ni serios que permitan estimar que el imputado haya podido incurrir en alguno de los delitos que se le imputaban en la denuncia inicial ni posteriormente". Es más, a juicio del instructor, las pruebas practicadas "no son suficientes para desvirtuar mínimamente el principio de presunción de inocencia que asiste a todo denunciado". Así, con su decisión de exculpar al gurú, evita -como reconoce en su resolución- someterle "al estigma que supone enfrentarse a un juicio oral ni a la llamada pena de banquillo".
El magistrado concluye que la entrada y salida de los miembros de la comunidad hinduista del gurú granadino "era totalmente libre y voluntaria", sin que tampoco existiera ningún tipo de recinto o instalaciones cerradas de las que se impidiera la salida a las personas que se relacionaban con dicha comunidad". Sí existían, no obstante, unas normas, "si se quiere estrictas" o "chocantes para la cultura occidental", que, según el juez, habían de ser cumplidas para permanecer en el grupo, que principalmente se reunía para practicar cursos de yoga y/o meditación y contacto con la cultura hinduista. "Desde luego -resalta- han sido muchos los testigos que han declarado que no han presenciado ningún tipo de abusos sexuales, ni privaciones de sueño o comida, como sostenían algunas de las personas que inicialmente denunciaron los hechos ante la Fiscalía Provincial".
Así, rechaza que Antonio J.P. cometiese delitos de asociación ilícita o contra la integridad moral y enfatiza que "de lo actuado no se desprende el más mínimo atisbo" de la existencia de ninguno de esos delitos. Además, recuerda que la comunidad Vaidika Partisana Sangha Comunidad Hinduista de la Rama Védica de España, que sólo admite el acceso a personas mayores de edad, se encuentra inscrita desde hace años como entidad religiosa en el Ministerio de Justicia, y "el Estado garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto".
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