Granada

El juez condena a una usuaria de Facebook por lesionar el honor de Spiriman

  • La mujer, que lo llamó "incompetente" por la muerte de su padre, tendrá que pagarle 500 euros y publicar la sentencia durante 30 días en su muro de la red social

El médico Jesús Candel, conocido como Spiriman, en una imagen de archivo.

El médico Jesús Candel, conocido como Spiriman, en una imagen de archivo. / Efe

Un juez de la jurisdicción civil en Granada ha condenado a una usuaria de Facebook que fue denunciada por el médico granadino Jesús Candel, conocido como Spiriman, por acusarle de negligencia en la atención de su padre, fallecido después de su paso por el servicio de urgencias. La sentencia del pasado 6 de marzo considera que hubo una "intromisión ilegítima en el derecho al honor" del facultativo.

La mujer, M.G.I., que llamó "incompetente y poco profesional" al médico granadino en el mismo perfil del denunciante, tendrá que pagar 500 euros más intereses a Spiriman y cumplir otra serie de condiciones: ha de publicar el fallo de esta sentencia a través del mismo muro de Facebook del médico durante 30 días y en horario de 9 a 2 de la tarde y de 5 a 10 de la noche. Y tendrá que abstenerse de hacer comentarios similares en el futuro

Spiriman, que tiene 331.019 seguidores en esa cuenta de redes sociales, pedía que la sentencia fuera reproducida durante seis meses y una cantidad a pagar de 16.550 euros. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia 5 de la capital le da la razón en el fondo del asunto pero limita la condena a un mes de publicaciones en Facebook y a una multa menor. 

Spiriman también incluyó en su denuncia a otro usuario que reprodujo en la misma red social (éste lo hizo en su propio perfil) las palabras de la otra denunciada, con algunas valoraciones añadidas por su parte. En este caso, el juez no ha estimado la demanda y ha considerado que debía absolver al denunciado porque "el comentario se limitó a ironizar sobre lo que estima que son consecuencias negativas de los vídeos" del médico, "ya que esta vez se habría convertido él mismo en víctima de su propio populismo audiovisual". 

Respecto a la mujer condenada, ésta aprovechó la publicación de Spiriman de un vídeo en el que instaba a los usuarios de la sanidad a reclamar que les hicieran pruebas diagnósticas por el cauce ordinario para no saturar las urgencias. En el apartado de comentarios de esta publicación, la mujer criticó al médico por su caso particular, relacionado con la muerte reciente de su padre. Culpaba al facultativo de una supuesta mala atención en el servicio de urgencias. 

Candel, que ya está condenado por injuriar a otras personas en las redes sociales, llevó a esta mujer a los tribunales al entender que había lesionado su derecho al honor con el comentario vertido en su propio muro de Facebook. El juez le ha dado la razón porque entiende que las acusaciones de la denunciada "carecían de base en el momento en el que fueron hechas". Además, sus palabras provocaron una oleada de  comentarios de otras personas que se sumaron a las críticas. 

La sentencia explica que la intromisión al derecho al honor "no solo ocurre cuando el ataque viene acompañado de expresiones fuertes o malsonantes, sino que puede revestir una forma más sutil como lo es la especie infamante", una "variedad" que consiste en presentar hechos que parecen objetivos como base para la descalificación.

Según las averiguaciones hechas en el juzgado a través de otros médicos, el juez ha podido determinar que Candel no tuvo responsabilidad en la muerte del padre de la denunciada y que ésta tampoco se fue a otra vía (por ejemplo la judicial) para reclamar nada, salvo la denuncia pública en Facebook. También le reprocha el juez a la mujer su "pertinaz" actitud, pues no quiso llegar a un acuerdo amistoso con el médico antes de la celebración de la vista oral a finales del año pasado. 

Sí ha tenido en cuenta el juez para el dictado de su sentencia que "por el medio escogido para hacer el comentario cabe atenuar la conducta" porque puede equipararse a las descalificaciones verbales. Es decir, que al tratarse de Facebook, sería como una conversación oral

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