Tribunales

La jueza del caso Nazarí remite a la Audiencia Nacional la investigación sobre la empresa que vendió al PP su sede en Granada

  • La pieza sobre las supuestas irregularidades urbanísticas del edificio Progreso queda archivada, siguiendo el criterio de la sentencia del Serrallo

La jueza del caso Nazarí remite a la Audiencia Nacional la investigación sobre la empresa que hizo la sede del PP de Granada

La jueza del caso Nazarí remite a la Audiencia Nacional la investigación sobre la empresa que hizo la sede del PP de Granada / G. H.

La jueza que instruye el caso Nazarí, de supuesta corrupción urbanística en Granada, acaba de dar carpetazo a otra de las piezas en las que dividió la macrocausa, pero en la misma resolución ha ordenado deducir testimonio de una parte de la investigación para remitirla a la Audiencia Nacional, donde se investiga a la empresa Taler Real Estate, que es la propietaria del edificio Progreso y la que vendió al Partido Popular de Granada las oficinas de su actual sede provincial en ese inmueble.  

Con este auto de la magistrada María Ángeles Jiménez Muñoz, fechado el pasado 29 de noviembre y al que ha tenido acceso este periódico, el caso judicial que en 2016 arrancó con la gran operación policial Nazarí y la detención de políticos, altos cargos y empresarios (entre ellos el exalcalde del PP José Torres Hurtado) pierde otra de las seis piezas en las que quedó dividido. 

No es la primera pieza que queda archivada pero lo que sí supone una novedad en este caso es la decisión de enviar una parte del sumario, en el que constan los informes realizados por la UDEF sobre las empresas del empresario Roberto García Arrabal, al Juzgado Central de Instrucción número 4 de Madrid, donde se investiga el conocido caso Banco Popular, por las posibles conexiones con las operaciones llevadas a cabo en Granada.  

Como ya interesó la fiscal, "deberá de deducirse testimonio, habida cuenta de la investigación abierta en la Audiencia Nacional referida a la sociedad Taler Real Estate SL propietaria del edificio", en alusión al inmueble conocido como Progreso, que fue destinado a viviendas y oficinas, entre las que destacan la gran sede del PP de Granada y del Colegio de Médicos, en los bajos del edificio. 

Taler Real Estate es el nombre actual de la empresa que antes de 2014 controlaba el empresario granadino García Arrabal, en sociedad con una firma del Banco Popular. Ésta fue la promotora de la obra y la que alquiló y vendió parte del edificio a clientes como el PP.

En el caso Nazarí, la Unidad de Delitos Económicos de la Policía investigó los posibles "tratos de favor" entre políticos y empresarios, "como ha quedado acreditado a través de los e-mails que han sido objeto de análisis y que constan en las presentes diligencias previas", según recuerda la jueza instructora en su último auto. En esos informes de la UDEF, basados en los registros de las sedes de la empresa, aparecían datos sobre las operaciones de esta sociedad y su supuesta venta a sociedades radicadas en Luxemburgo, que es una de las partes que investiga la Audiencia Nacional en el caso Banco Popular, sobre la sospecha de que se trataría de operaciones ficticias para encubrir otros movimientos. 

Dado que esta remisión a la Audiencia Nacional por la posible conexión con el caso del Banco Popular fue interesada también (además de por la fiscal) por la acusación popular del empresario Ramón Arenas, la jueza ordena que sea esta parte la que concrete en un plazo de 15 días qué elementos del sumario son los que podrían ser de interés para remitir al Juzgado Central de Instrucción 4 de Madrid. 

Contratos entre la empresa y el PP sobre su sede que constan en el sumario del caso Nazarí Contratos entre la empresa y el PP sobre su sede que constan en el sumario del caso Nazarí

Contratos entre la empresa y el PP sobre su sede que constan en el sumario del caso Nazarí

La pieza Progreso, un nuevo archivo

La jueza instructora, siguiendo esta vez el criterio marcado en su último informe por la fiscal delegada de Medio Ambiente y Urbanismo, Sara Muñoz-Cobo, ha optado por el sobreseimiento provisional de la pieza llamada Progreso, al entender que el presupuesto de este caso "tiene por objeto la investigación sobre la compatibilidad o no, en su caso, de usos residenciales en la parcela de terciario-oficinas". Es decir, las supuestas irregularidades urbanísticas.

El informe remitido por los peritos de la Junta de Andalucía es crucial a la hora de establecer la "legalidad de la actuación llevada a cabo" porque la parcela en cuestión, "puede destinarse indistintamente a cualquier uso terciario, por razón de compatibilidad". Es decir, que entre otras cosas, las 39 viviendas son compatibles con el uso de oficina y que no alteran el uso dominante, "no siendo necesario modificar las reservas de equipamientos ni espacios libres". 

Además, del mismo modo que ya recogió la fiscal en su informe, la magistrada entiende que "hay que atender al criterio establecido por la Audiencia Provincial, Sección Segunda, en el denominado Caso Serrallo", al establecer ese tribunal en su sentencia que "ni la prevaricación urbanística ni la prevaricación común pueden ser apreciadas cuando se trata de irregularidades que obedecen a una interpretación errónea, equivocada o discutible , por lo que deberá de procederse al dictado del sobreseimiento provisional peticionado".

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