Dictamen

De las pistas de petanca a la Agencia Municipal Tributaria

  • En lo que va de año, el Consultivo ha anulado tres contratos por saltarse el procedimiento

Fachada de la sede del Consejo Consultivo.

Fachada de la sede del Consejo Consultivo. / Carlos Gil

En lo que va de año el Consejo Consultivo de Andalucía ha hecho públicos tres dictámenes referidos a sendas revisiones de oficio de contratos municipales. Los tres se refieren a un mismo actor, el Ayuntamiento de Granada, y tienen algo más en común. Se destaca en los tres dictámenes la “omisión total y absoluta del procedimiento”.

El pasado mes de enero el Consultivo dictaminó sobre el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Granada para la revisión de oficio del servicio de mantenimiento y reparación de áreas de juego infantiles, aparatos de entretenimiento de mayores, pistas de petanca, aparatos de actividades deportivas y bancos.

El dictamen, que tiene carácter preceptivo, determina que la empresa prestó el servicio de mantenimiento de enero a junio de 2018 sin“cobertura contractual formalizada”.Las dos partes habían “agotado todas las prórrogas posibles” y, aunque se da cuenta de distintas cuestiones sobre la duración de un alargamiento del contrato, “lo cierto es que no se tramitó ninguna prórroga más y el contrato se había extinguido al tiempo de prestar los servicios facturados que se presentan al cobro”. Se apostilla que el contrato fue “verbal”, una modalidad “prohibida por la normativa de contratación”.

En uno de los casos se indica que el coste del contrato hubiera sido menor si se hubiera tramitado

Se indica que ambas partes, tanto la empresa como la Administración, “conocían que debía tramitarse un nuevo procedimiento de contratación”.También se incluye que se alegó que el hubo una “demora en la tramitación”, aunque esto, para el Consultivo “no justifica la contratación verbal realizada”. Así, el dictamen se concluye “favorablemente” a la propuesta de declaración de nulidad del contrato.

En febrero, el Consultivo dictaminó favorablemente la propuesta de nulidad de un nuevo contrato municipal. Solicitó el dictamen el Ayuntamiento y la prestación de servicios se desarrolló desde el 20 de diciembre de 2015 al 26 de noviembre de 2016 “al margen del procedimiento de contratación”. Se indica que se realizó una contratación verbal “prohibida por la normativa de contratación” –vuelve a recordar el Consultivo– para el “mantenimiento de cabina de almacenamiento EMC”.El importe fue de 21.758,68 euros. Sobre el coste se apostilla que “en caso de haberse tramitado un procedimiento abierto probablemente se hubiera adjudicado el contrato con un precio inferior al facturado”.

Uno de los contratos finalizó en 2017 y no se prorrogó pese a que era posible su extensión

En marzo, el Consultivo volvió a recordar lo ya dicho en los dos dictámenes anteriores sobre una nueva propuesta de nulidad de un tercer contrato municipal. También solicita dictamen el Ayuntamiento de Granada y éste tiene por objeto la revisión de oficio de la contratación de los servicios “excedidos en la duración del contrato de mantenimiento de las aplicaciones del sistema de información municipal en uso por la Agencia Municipal Tributaria”. El contrato se formalizó en 2015 y finalizó en 2017 y que “nunca se llegó a acordar ni formalizar su prórroga”, aunque del 1 de febrero al 31 de mayo se siguieron prestando esos servicios, que “no tuvieron cobertura contractual formalizada”.

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