Dictamen

El Consultivo anula 24 años después un contrato de la OCG

  • Aclara que “se ha prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido”

  • El servicio era prestado desde 1995 por una asesoría fiscal y laboral

Actuación de la OCG.

Actuación de la OCG. / R.G.

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado favorablemente la propuesta de nulidad “de pleno derecho” de la prestación de servicios de una asesoría fiscal y laboral a la Orquesta Ciudad de Granada. El dictamen indica que la empresa contratada por la OCG “ha venido prestando el servicio desde el año 1995”, sin que en estas más de dos décadas se formalizara un contrato entre ambas partes.

El órgano que ha solicitado al Consultivo que dictamine sobre el asunto es el ConsorcioGranada para la Música (Orquesta Ciudad de Granada). En el documento se entra a revisar tanto la prestación de servicios de la asesoría como una factura en particular, del pasado 31 de agosto, por un importe de 3.055,20 euros. La cuestión de la factura queda zanjada por cuanto que “no es susceptible de revisión de oficio” y únicamente es la contratación el aspecto en el que entra el Consultivo, que aclara, además, que el dictamen tiene “carácter preceptivo” y “vinculante”.

También se pidió dictamen sobre una factura de más de 3.000 euros

El dictamen explica que en el caso de la OCG se propone la declaración de nulidad de la contratación con la asesoría por una de las causas que establece la normativa, en concreto la que establece que “se ha prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido”.

Se indica, además, que “se han venido prestando servicios de asesoría fiscal y laboral” por parte de la empresa “sin cobertura contractual” y “sin contrato”. También añade en el mismo documento que “la contratación verbal está prohibida” por la normativa aplicable, con la salvedad de que se hubiese recurrido a la contratación “de emergencia”, una cuestión que “claramente” no se daba en el caso de la OCG, asegura el dictamen.

También se indica que en el caso del servicio prestado por la asesoría “no es posible hablar de un contrato menor” –aunque la cuantía sea inferior a los 15.000 euros– ya que “los servicios de asesoría fiscal y laboral se han venido prestando desde hace años e ininterrumpidamente” aunque se han facturado de manera mensual. Esto, indica el Consultivo, “supone un fraccionamiento indebido”.

Al determinar que se dan las causas para anular la relación entre la OCG y la asesoría, el Consejo Consultivo determina que “ha de dictaminarse favorablemente la declaración de nulidad”.

El dictamen destaca que la empresa se dedicaba, precisamente, a asesorar

El dictamen prosigue con la aclaración de que se debe abonar la factura, aunque no el beneficio industrial. Para llegar a esta conclusión se establece que el contratista tiende “el derecho a percibir las cantidades correspondientes al valor de las prestaciones efectivamente realizadas y no abonadas”. También se recuerda que el Consultivo “ha señalado en reiteradas ocasiones” que el contratista que “consiente una irregular actuación administrativa” –y presta sus servicios sin que haya cobertura jurídica y no se opone a esta situación– “se constituye en copartícipe de los vicios de que el contrato pueda adolecer”.

Así, el órgano consultivo subraya que ha insistido en que es “improbable” que quien presta sus servicios a la Administración “desconozca, por mínima que sea su diligencia, que no puede producirse una contratación prescindiendo de todo procedimiento”. Así, reparte responsabilidades en las dos partes, la OCG y la asesoría.

Se insiste en que las dos partes “debían conocer la necesidad de proceder a la contratación de forma adecuada”, algo que, subraya el Consultivo, es incluso más notable ya que la empresa contratada se dedicaba, precisamente, al asesoramiento jurídico, “en particular, fiscal y laboral”.

También apunta al largo periodo en el que se mantuvo esta relación sin que se formalizara ningún contrato. Se incide en que esta relación se prestaba desde hace 24 años. “Quien desde el año 1995 venía prestando el servicio de asesoría fiscal y laboral debía saber que su contratación debía someterse a un procedimiento que nunca se utilizó”.

La OCG cuenta con la participación institucional del Consorcio Granada para la Música, formado por el Ayuntamiento de Granada, Junta de Andalucía y Diputación de Granada, según se indica en la página web de la orquesta. Se creó en 1990 y en la actualidad vive momentos de incertidumbre después de que la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, en el último consejo rector del Consorcio Granada para la Música –celebrado el pasado 9 de abril– decidiese no aumentar su aportación económica, aunque la consejera Patricia del Pozo indicara un día después que la Junta sí estudiará ampliar la dotación.

La OCG suma 800.000 euros de deuda con los bancos y otros 600.000 con proveedores, en total, 1,4 millones. Los trabajadores ya han protagonizado movilizaciones y manifestado su intención de continuar con sus protestas para exigir a las administraciones que asuman la deuda.

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