Vox presenta alegaciones al "tasazo" de la basura en Granada

El partido ha formalizado una demanda ante el TSJA para declarar la nulidad de la Ordenanza Fiscal que regula la tasa por la prestación del servicio, de competencia municipal

Granada bajará la nueva tasa de basura en 2026 por la reducción de costes del nuevo contrato

Beatriz Sánchez Agustino, portavoz de VOX en el Ayuntamiento de Granada.
Beatriz Sánchez Agustino, portavoz de VOX en el Ayuntamiento de Granada. / G. H.

El Grupo Municipal de VOX en el Ayuntamiento de Granada ha presentado alegaciones a la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Gestión de Residuos de Competencia Municipal, contra la que ya ha formalizado una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para declarar su nulidad. Beatriz Sánchez Agustino, portavoz de VOX, ha recordado que “nuestro grupo ya presentó alegaciones contra la tasa en abril por considerar que se implantaba una tasa que no suponía ninguna mejora del servicio y que no incluía suficientes incentivos y bonificaciones fiscales, y ahora insistimos en nuestras alegaciones contra la ordenanza porque se regula la tasa de forma arbitraria y generalista”.

"Insistimos en que la ordenanza no establece una relación directa entre el volumen o cantidad de residuos efectivamente generados por cada obligado tributario y la cuantía a abonar. El cálculo de la tasa no individualiza la generación real de residuos, sino que utiliza un sistema estimativo por áreas y el valor y la superficie catastral", ha explicado Sánchez.

Desde VOX alertan de que la ordenanza "incumple el artículo 31.1 de la Constitución Española que establece que todos los ciudadanos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica, mientras que esta tasa no guarda proporción con la capacidad económica real del contribuyente ni con el coste efectivo del servicio, ya que ignora contribuciones previamente efectuadas a través de otros instrumentos tributarios".

Pago por generación

"Relacionado con la infracción del principio de pago por generación, el principio de equivalencia impone que la tasa debe guardar relación con el coste real y previsible del servicio y su utilización efectiva, por lo que en ausencia de una estructura tarifaria que module por generación real y hábitos de separación, la equivalencia entre coste y gravamen se torna conjetural", ha indicado la portavoz de VOX, para quien "resulta imprescindible un estudio técnico-económico suficientemente detallado y motivado".

La tasa "carece de mecanismos para incentivar la reducción de residuos y el reciclaje, incumpliendo los objetivos fijados por Ley 7/2022 que obliga a las entidades locales a establecer sistemas de pago por generación y medidas que promuevan la reducción en origen", ha puntualizado Beatriz Sánchez Agustino.

Entre las alegaciones de VOX destaca que "la ordenanza no aplica el porcentaje máximo de bonificaciones amparado en lo dispuesto en la Ley, que permite aplicar una bonificación del 95% en la cuota variable de la tasa que se exija por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos para algunas empresas de distribución alimentaria y de restauración".

La portavoz de VOX ha incidido en que la ordenanza "no incorpora lo dispuesto en la Ley, que permite tener en cuenta como particularidad a las viviendas de alquiler vacacional o similar que incluyan sistemas para incentivar la recogida separada, a la vez que tampoco contempla como particularidad a las viviendas o comunidades de vecinos que incorporen la diferenciación o reducción en el supuesto de prácticas de compostaje doméstico o comunitario o de separación y recogida separada de materia orgánica compostable". Para finalizar, las alegaciones de VOX recalcan que "la ordenanza omite como particularidad a aquellos usuarios que participen en recogidas separadas, por ejemplo en puntos limpios, y tampoco contempla reducciones en la cuota cuando el sujeto pasivo contribuyente sea titular de familia numerosa".

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