Ley solo sí es sí

La mujer víctima de agresión sexual en Granada no entiende la rebaja de cárcel a su agresor por la ley de 'solo sí es sí'

Sala del TSJA

Sala del TSJA / G. H.

La mujer agredida sexualmente en Alhendín por su exmarido se siente "desamparada" y asegura que no entiende las nuevas decisiones judiciales. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado su condena de prisión en dos años y medio por aplicación de la ley del solo sí es sí.

Según ha informado a EFE su abogada, Sandra González Calvo, la víctima se siente "fatal" dado que, ahora que estaba tratando de empezar a reconstruir su vida después de "tanto batallar", ha tenido que volver a reabrir su trauma con una rebaja de la pena privativa de libertad para su agresor que no logra comprender.

"Parece que yo sea la culpable. Algo que se hizo para beneficiar a las víctimas ha supuesto un regalo para el agresor", ha comentado a su representada esta mujer, según ha indicado la letrada, quien se ha referido al "grave perjuicio" que ha tenido la aplicación de la ley.

"Es una reducción importante, no nos explicamos cómo ha podido pasar. La tramitación de la ley y su entrada en vigor nos ha pillado en medio de un recurso frente a la primera sentencia condenatoria de la Audiencia de Granada", ha señalado González Calvo.

La abogada, que no cree que esta rebaja pueda ser enmendada en un posible recurso ante el Tribunal Supremo -que sería garantista en la aplicación de la norma-, se ha mostrado partidaria de modificar la ley "ipso facto" para que, si ahora "ya no tiene arreglo", sí pueda tenerlo en el futuro inmediato.

"Los jueces han hecho una aplicación de la ley, pero simplemente esta norma falla, fue aprobada por el Congreso y debió haberse valorado mejor", ha indicado.

La Audiencia de Granada condenó en su momento a 13 años y medio de prisión al procesado por agredir sexualmente a su exmujer en la casa que compartían, aunque cada uno vivía en una planta.

Según los hechos probados, utilizó un cuchillo y obligó a la que había sido su mujer a mantener relaciones sexuales.

Ante el "grave clima de hostigamiento" al que la estaba sometiendo su expareja, según la sentencia, y estando ella "completamente aterrorizada" y con el fin de evitar que pudiera lesionarla de gravedad con el cuchillo que esgrimía el acusado, la víctima se vio forzada a cumplir la exigencia de su exmarido y "subió con él para consumar sus deseos en una de las habitaciones".

La Audiencia consideró al procesado autor de un delito de agresión sexual con instrumento peligroso, con la circunstancia mixta de parentesco, y lo condenó a la pena de trece años, seis meses y un día de prisión, además de prohibirle que se acercara a menos de 200 metros de la víctima durante catorce años, seis meses y un día.

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