El Supremo anula la condena por injurias a la Guardia Civil tras los asesinatos de 'Igor el ruso'

El serbio Norbert Fehe, conocido como Igor el Ruso, escoltado por dos agentes. / EFE
J. G.

17 de abril 2023 - 20:11

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha anulado la condena de multa que la Audiencia de Teruel impuso a dos acusados por delito de injurias a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por varios mensajes que publicaron en redes sociales tras el asesinato de dos guardias civiles por el delincuente conocido como ‘Igor el ruso’ el 14 de diciembre de 2017 en la provincia de Teruel.

La Sala estima el recurso de los dos condenados y les absuelve del delito de injurias graves a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, del artículo 504.2 del Código Penal. Recuerda que el bien jurídico protegido en ese tipo penal trasciende del honor personal de quienes integran tales colectivos, por más que pueda verse tangencialmente afectado, para pasar a proteger el honor y prestigio de la institución en atención a la relevancia de las funciones que la misma tiene asignadas dentro del estado democrático. De ese modo, la punición se reserva para los ataques más graves.

Por otro lado, desestima los recursos de las acusaciones particulares, que entre otros puntos pedían que se castigase a los autores de los mensajes como autores de un delito de odio (artículo 510 del Código Penal). En este punto, el Supremo señala que el precepto citado extiende su ámbito de protección sobre los grupos que se detallan en el mismo, o las personas que pertenezcan a ellos. Se trata de colectivos necesitados de especial protección en cuanto sobre ellos se proyectan los vectores capaces de generar discriminación por los motivos que el precepto indica.

Agrega que la Guardia Civil como institución queda fuera del marco de protección del artículo 510, por más que los actos de hostigamiento o de humillación a los distintos Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y a sus componentes puedan obtener protección a través de otros preceptos del Código.

En este asunto, el Juzgado de lo Penal Único de Teruel, en primer término, dictó sentencia absolutoria contra las cuatro personas acusadas. Recurrido en apelación ese fallo por la Fiscalía y varias acusaciones, la Audiencia Provincial de Teruel estimó parcialmente los recursos y condenó a los acusados a una pena de multa a cada uno de ellos de 4.320 euros.

El Supremo, por las razones señaladas, estima ahora los recursos de esos dos acusados y les absuelve. Además, desestima la pretensión de las acusaciones de condenar por delito de injurias a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a las dos acusadas que quedaron absueltas tanto por el Juzgado de lo Penal como por la Audiencia Provincial.

Entre los mensajes difundidos por los acusados se encontraban estos: "Matan a un nazi en Zaragoza y a dos guardias civiles en Teruel... si es que últimamente todos son buenas noticias en Aragón". De inmediato consignó otro diciendo: "espero no ir a la cárcel por esto".

Otro de los acusados escribió: "Pues que hubieran estudiado, en vez de alistarse en un cuerpo militar de matón y ablanda-abuelas. Siento el trance de la familia, pero es el mismo trance de la familia de cualquier heroinómano de los 80.Ellos han elegido el camino que querían".

Dice la sentencia que una de las acusadas escribió los siguiente: "Estoy de acuerdo con esta muchacha, últimamente son buenas noticias de policías muertos y guardia civil, y ver cómo los matan o se quitan la vida puff...", para añadir a continuación: "ya os dejo mi número de teléfono por si queréis venir a detenerme o denunciarme, me cago en la memoria de estos perros bastardos".

Este perfil fue eliminado durante la noche del 16 de diciembre de 2.017; meses más tarde, en concreto en el mes de mayo de 2.018., desde un perfil de facebook se publicó lo siguiente: "Odio tanto a la Policía queojalá un día los hiyadistas tiren una bomba en una comisaría y ver el sufrimiento de las víctimas..." "Ultimamente son buenas noticias guardias civiles muertos me burlo de la memoria de los guardia civiles perros malditos".

El tribunal que ha dictado la sentencia ha estado compuesto por los magistrados Miguel Colmenero, Ana Ferrer (ponente), Pablo Llarena, Susana Polo y Ángel Luis Hurtado.

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