Tribunales

El exalcalde de Castril Juan Mar, a juicio por contratar líneas eróticas desde un teléfono municipal

  • La causa, que fue archivada por un juzgado de Huéscar, ha sido reactivada por la Audiencia Provincial

  • Se celebrará con jurado popular los días 9 y 10 de febrero

El exalcalde de Castril, Juan José López Ródenas (Juan Mar)

El exalcalde de Castril, Juan José López Ródenas (Juan Mar) / G. H.

En 2018, el Juzgado de Instrucción Único de Huéscar decidió archivar una causa en la que la defensa mantenía que el acusado había sido víctima de una estafa; un año después, la Audiencia Provincial decidió admitir a trámite el recurso presentado por la acusación particular; meses más tarde, la Fiscalía solicitó al sobreseimiento de las actuaciones; en un auto firmado el 16 de mayo de 2020, la Audiencia mandó "continuar la tramitación de la causa"; y finalmente habrá juicio, será con jurado popular y se celebrará este mes de febrero. El exalcalde de Castril José Juan López Ródenas, conocido como Juan Mar, se sentará en el banquillo de los acusados el próximo 9 de febrero por un capítulo que, ante lo ocurrido, él ya creía cerrado: las famosas líneas eróticas que habría contratado desde un teléfono municipal durante su etapa al frente del Ayuntamiento castrileño, organismo que ahora ejerce la acusación particular.

La etapa de Juan Mar como socialista al frente del Ayuntamiento de Castril no ha dejado de sumar procesos judiciales tras su salida como regidor. Una causa por la compra de un inmueble adyacente al Consistorio, de la que fue finalmente exonerado; otra por el pago con dinero público de viajes en taxi con fines personales por valor de 47.000 euros; otra más por haber facilitado la concesión de una subvención pública a su prima hermana para rehabilitar su vivienda, cuando no reunía los requisitos -por lo que fue condenado a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por prevaricación-; o la causa abierta por su gestión al frente del centro Saramago de Castril, son algunos de los procesos judiciales a los que se ha visto obligado a hacer frente Juan Mar, causas entre las que también se encuentra la de la contratación de líneas eróticas, hecho que, según alegó el exregidor en su momento, fue fruto de "que había sido víctima de una estafa", así como de una "persecución" hacia él.

Sin embargo, pese a que la causa fue archivada a finales de 2018, el recurso presentado por el Ayuntamiento de Castril, al que representa el letrado Rafael Revelles, ha derivado en que finalmente la Audiencia Provincial haya ordenado la apertura de juicio oral que se celebrará mediante la fórmula de jurado popular y que tendrá lugar los días 9 y 10 de febrero.

Según consta en el auto judicial de apertura de juicio fechado el 11 de junio de 2020, al que ha tenido acceso Granada Hoy, Juan Mar está acusado de un delito de malversación de caudales públicos, ya que "en su condición de alcalde hizo uso de la línea que tenía asignada por razón de su cargo público, para fines ajenos a la función pública, (...) ya que durante el período comprendido entre el mes de diciembre de 2008 y el mes de enero de 2011, contrató, de forma consciente y voluntaria, servicios personales con varias compañías, (...) por importe de mil quinientos setenta nueve euros, con siete céntimos (1579,07), a cargo del Ayuntamiento".

Si bien, pese a que, según recoge el citado auto, el exalcalde "reintegró en fecha 7 de mayo de 2014, tras haberse incoado el presente procedimiento el día 14 de abril de 2014 ” por parte del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Huéscar, "los anteriores hechos pueden integrar un delito de malversación de caudales públicos", pese a que la defensa mantiene que "no es autor de delito alguno".

Por su parte, la acusación popular que ejerce el Ayuntamiento considera al exregidor culpable de un delito de malversación de caudales públicos, por el que solicita una pena de nueve meses de cárcel y una multa que asciende a 804 euros, así como nueve meses de inhabilitación para cargo o empleo público y derechos de sufragio pasivo, mientras que alternativamente solicita una multa de 9 meses a razón de 12 euros por día, así como la suspensión de empleo o cargo público durante 21 meses.

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