Notas al margen
David Fernández
Los europeos no sabemos ni qué decir
Sucesos
La Guardia Civil de Granada ha denunciado a dos individuos que dieron positivo en alcohol y droga después de que fueran sorprendidos circulando en patinete por la Autovía de Circunvalación de Granada, la GR-30, y por la carretera autonómica A-4006, entre la GR-30 y la localidad metropolitana de Jun.
Fueron agentes del destacamento de Tráfico del instituto armado, mientras realizaban tareas de control y vigilancia en las carreteras, los que detectaron a dos individuos circulando en un VMP (Vehículo de movilidad personal), concretamente en un patinete eléctrico, por la autovía y por la carretera que une la propia GR-30 con la localidad de Jun, infringiendo la prohibición expresa de circular por travesías, vías interurbana o autopistas y autovías con vehículo de movilidad personal.
El primer individuo fue detectado circulando en un patinete eléctrico por la circunvalación de Granada, a la altura de la localidad de Armilla, sobre las 07:20 horas del pasado sábado. Al presentar síntomas de estar bajo los efectos del alcohol, fue sometido a la prueba de impregnación alcohólica y arrojó un resultado de 0.51 mgr / litro. Por lo que, además de por circular por una vía no autorizada, fue denunciado por alcoholemia positiva.
El segundo individuo fue sorprendido circulando por A-4006, en las inmediaciones de Jun a las 10:50 horas del pasado domingo. Como ocurriera con el anterior, fue sometido a la prueba de alcohol y drogas y esta arrojó como resultado la presencia de estupefacientes en el organismo en tres sustancias: cocaína, opiáceos y THC. Esta prueba fue confirmada posteriormente por el laboratorio de referencia mediante una muestra de saliva.
Ante la proliferación de patinetes eléctricos, la Guardia Civil de Granada ha recordado a sus usuarios que, como cualquier otro tipo de vehículo, están sujetos a la normativa de tráfico vigente. Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el Reglamento General de Vehículos, son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
Estos vehículos deberán tener un certificado de circulación, un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes. Además, no pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.
En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine.
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