Granada

La Junta replica a los jueces en el BOJA: los vacunados también contagian

  • El TSJA tiene que volver a decidir si ratifica el cierre de Montefrío, tras el segundo intento de Salud, que esta vez ha publicado una orden más detallada

Una enfermera extrae una dosis de un vial de la vacuna en Armilla

Una enfermera extrae una dosis de un vial de la vacuna en Armilla / Antonio L. Juárez (Photographerssports)

La Junta de Andalucía ha mandado un recado a los jueces del TSJA a través del BOJA: "No existe confirmación de que las personas vacunadas no puedan transmitir la enfermedad si se contagian". De este modo, la Consejería de Salud argumenta su nueva petición de ratificación judicial para la orden de cerrar y confinar el municipio granadino de Montefrío. 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ya ha recibido la nueva petición de confinamiento de Montefrío, ordenada este miércoles por el Comité de Alertas de Salud Pública de la provincia y trasladada a la Fiscalía para que informe y después se resuelva la petición por parte de los magistrados. Esta sala desechó el anterior confinamiento de la localidad oriental el pasado martes a pesar de su alta tasa de contagios, superior a 2.000 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días.

Entre sus argumentos, los magistrados exponían que a su juicio habría que sacar a la población vacunada de las restricciones, además de otra serie de consideraciones sobre qué medidas sería más lógico aplicar a su juicio. En la nueva orden publicada, la Junta parece contestar a los jueces punto por punto. 

Entonces, los magistrados justificaron su rechazo en que las restricciones de derechos fundamentales no pueden realizarse "de forma indiscriminada y masiva" y que la norma que debía amparar esta restricción. La Ley de Medidas Especiales de Salud Pública, "alude a personas concretas y determinadas". En su auto, contra el que la Junta ha anunciado recurso ante el Tribunal Supremo, el TSJA consideró que "se está imponiendo una restricción indiscriminada de un derecho fundamental, hasta el extremo de que afecta, incluso, a aquellos ciudadanos que ya estuvieron vacunados".

En la edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicada este miércoles con la orden por la que se confina Montefrío y se ordena el cese de su actividad no esencial, la Junta expone que este municipio presenta una incidencia "muy por encima de la provincial" y su tendencia "ha sido de rápido crecimiento aunque se ha estabilizado en la última semana, debido a la implantación de las primeras medidas de control".

"Muestra una incidencia en mayores de 65 años muy elevada (399,4 casos por 100.000 habitantes) y un porcentaje de positivos de entre las muestras solicitadas, muy alto (21,96 por ciento), indicando todo ello una alta transmisión y una afectación importante de población vulnerable", se agrega en el documento. 

Además, "se ha detectado por screening cepa británica circulante en el municipio, lo que eleva la posibilidad de transmisión entre personas consideradas contactos, ya que esta cepa se considera más contagiosa". Junto a ello, los valores de la presión asistencial están en valores de muy alto riesgo, sobre todo en la ocupación de UCI, que se sitúa en un valor medio superior al 30%.

La Junta informa de que la proporción de personas completamente vacunadas en el municipio es de 17% y con una dosis de 31,5%, pero ello no influye, a su juicio, "en la necesidad de poner medidas extraordinarias para controlar la transmisión en la población, ya que no existe confirmación de que las personas vacunadas no puedan transmitir la enfermedad si se contagian".

Con esta evaluación y tras su valoración por dicho Comité Territorial, el riesgo de expansión y contagio de Covid-19 en Montefrío es muy elevado, según concluye la Junta, por lo que ve "necesario adoptar el cierre perimetral o confinamiento en este municipio, dado que la eficacia de dicha medida en la detención de la propagación de la enfermedad ha quedado demostrada y que resulta idóneo, necesario y proporcional a la finalidad de protección de la salud pública que se persigue".

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