Socios de la Rural aseguran ante el juez que la candidatura de Rejón se admitió "por razones personales"

Tribunales

El abogado de los demandantes ha pedido la nulidad de la candidatura de Ruiz Rejón, cuya inscripción en el registro oficial de altos cargos de la banca fue rechazada por el Ministerio de Economía.

Socios de la Rural aseguran ante el juez que la candidatura de Rejón se admitió "por razones personales"
Efe

Granada, 09 de enero 2008 - 00:00

Los socios de la Caja Rural de Granada que presentaron una demanda contra esta entidad han mantenido hoy que el Comité Electoral admitió "por razones personales y no jurídicas" la candidatura de Antonio Ruiz Rejón para la presidencia de la caja, pese a estar condenado por el Supremo por un delito medioambiental.

Así lo ha manifestado hoy durante el juicio el abogado de los demandantes, Antonio Luis Martín Valverde y José Miguel Castillo Higueras, quién ha solicitado al juez la nulidad de la candidatura de Ruiz Rejón, cuya inscripción en el registro oficial de altos cargos de la banca fue rechazada por el Ministerio de Economía.

Esta decisión, que le impide ejercer la presidencia de la Caja Rural de Granada para la que fue elegido el pasado 30 de abril, avala la adoptada en su día por el Banco de España, que ya rechazó la posibilidad de que Ruiz Rejón fuera consejero de la entidad al pesar sobre él una sentencia en firme por delito medioambiental al explotar una cantera de áridos en Padul.

En el juicio, celebrado en el Juzgado de Primera Instancia Número 14 y de lo Mercantil de Granada, la parte demandante ha acusado a la Comisión Electoral encargada de admitir las candidaturas de tener la "absoluta intención" de favorecer a la Ruiz Rejón.

Ha sostenido que en lugar de seguir el procedimiento establecido, y reparar en que éste no contaba con suficiente "honorabilidad comercial y profesional", la Comisión incumplió sus obligaciones y tuvo en cuenta un informe de un abogado sobrino de Ruiz Rejón, pese a que el letrado asesor de la caja se había mostrado contrario a la candidatura.

Al respecto, ha apuntado a posible "razones personales" como las que llevaron a los miembros de la Comisión Electoral a aceptarla y quienes, según este letrado, han triplicado tras los hechos sus emolumentos y han ascendido en sus puestos.

Por su parte, el abogado de la parte demandada ha mantenido que el objeto social de la Caja no entra en contradicción con la condena que tuviera Ruiz Rejón y que la decisión de la Comisión Electoral no fue arbitraria, ni hecha bajo presión, de ahí que proceda desestimar la demanda.

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