Tribunales

El TSJA ordena repetir el juicio al acusado del crimen de Juncaril con un juez y un jurado popular nuevos

Sede del TSJA y de la Audiencia de Granada

Sede del TSJA y de la Audiencia de Granada / G. H.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el veredicto de culpabilidad del jurado popular que no apreció un brote psicótico en un acusado de asesinar a golpes y puñaladas a una joven en Granada, y ha ordenado repetir el juicio, con un jurado popular diferente y otro magistrado.

La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal ha anulado la condena a 25 años de cárcel por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento impuesto por la Audiencia de Granada al acusado de matar a una joven de 29 años que trabajaba en la empresa de su padre.

Los hechos se remontan al 5 de febrero de 2021 cuando el procesado se personó en la sede de la empresa familiar, ubicada en el Polígono Juncaril de Albolote, en el Área Metropolitana de Granada, armado con un cuchillo que había cogido de casa. Las cámaras de seguridad han certificado que lanzó un trozo de bordillo a la cabeza de la víctima, a la que dio puñetazos en la cabeza, arrastró por el cuello y asestó dos puñaladas en la espalda.

El acusado también cogió una maceta y se la lanzó a la cabeza para golpearla después con un sillón giratorio de la oficina, volvió a apuñalarla y le siguió golpeando, además de rociarle el rostro y el cuerpo con los polvos químicos de un extintor antes de huir.

Aunque un compañero encontró aún con vida a la víctima, que identificó a su agresor, la joven murió en un hospital esa misma tarde. Un jurado popular se encargó de la causa, un juicio que se celebró en septiembre de 2022 y tras el que ofrecieron un veredicto de culpabilidad en el que no apreciaron que el procesado actuara afectado por un brote psicótico.

Ese veredicto fue la base de la sentencia, que condenó al procesado a 27 años de cárcel por el asesinato y por robar a su víctima, un fallo que recurrió ante el TSJA el abogado de la defensa, Pablo Luna. La defensa ha sostenido, como en parte del proceso hizo también la Fiscalía, que el acusado es un enfermo mental que recibe tratamiento en el centro pisquiátrico penitenciario de Sevilla y se apoyó en el dictamen de expertos que negaron que pudiera estar simulando su esquizofrenia.

Durante su declaración, el acusado dijo que el día de los hechos había visto en ella al demonio y que se sentía perseguido. La sentencia del TSJA ha admitido el recurso del abogado de la defensa, que apuntó la "insuficiente" motivación del veredicto aportado por el jurado popular.

El alto tribunal ha recalcado en su sentencia que el jurado popular ofreció un veredicto motivado, aunque no fue "fácil" valorar las conclusiones sobre el estado mental de un procesado porque las versiones ofrecidas eran en ocasiones opuestas.

Ante las dudas sobre la simulación de los síntomas frente al informe pericial que diagnosticó la enfermedad, el TSJA ha optado por la "nunca deseable decisión" de anular el veredicto.

Esa decisión conlleva la "gravosa consecuencia" de tener que celebrar un nuevo juicio, que contará con un jurado popular formado por miembros diferentes, y que también tendrá un magistrado presidente distinto. Se buscará así determinar si el acusado padecía un trastorno psicótico o lo simuló, y en caso de padecerlo, su impacto sobre su capacidad y facultades en el momento del asesinato.

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