Granada

El juez absuelve entre reproches a los acusados por el vertido en Raja Santa

  • El fallo exime de delito ambiental al alcalde y dos ediles de Atarfe y a un técnico de Cultura por no quedar claro que la contaminación procediera de las balsas · La elección del sellado "no era la más adecuada"

No se ha podido acreditar con certeza que la contaminación de aceites y grasas hallada en el acuífero termal de Raja Santa, en el paraje de Sierra Elvira -declarado Bien de Interés Cultural-, procediera del sellado "inadecuado" de las balsas de alpechín.

Este detalle, que ha resultado "crucial", y el hecho de que no se hiciera, según los peritos, un estudio geotécnico del terreno entre los 800 metros que separan las balsas y la cueva, -"por su elevado coste económico y su incierto resultado"-, han llevado al juez de lo Penal 2 de Granada a absolver de un delito medioambiental, que suponía su inhabilitación, al alcalde de Atarfe, el socialista Víctor Sánchez.

La misma suerte han tenido el primer teniente alcalde, Tomás Ruiz, el entonces concejal de Medio Ambiente, Luis Pozo, y el ex jefe de Servicio de la Delegación de Cultura de la Junta de Andalucía, José María Visedo, que levantó la orden de paralización del sellado de las balsas pero que, según los argumentos del juez, lo hizo en base a informes favorables de distintos organismos y sin que ello supusiera un "perjuicio para el subsuelo desde el punto de vista arqueológico".

El juez desmonta, no obstante, la versión del alcalde y del resto de autoridades municipales que desde el primer momento negaron que encargaran el sellado de las balsas que, como luego queda acreditado, "no se hizo de la forma más adecuada" por el riesgo de desbordamiento del alpechín a terrenos de naturaleza permeables que no estaban protegidos.

En sus conclusiones, el magistrado tiene claro que la orden la dio el Ayuntamiento por las declaraciones realizadas por el representante de la empresa que llevó a cabo los trabajos, quien admitió que fue Tomás Ruiz, el primer teniente alcalde, la persona que le encomendó el sellado "sin que existiera contrato escrito ni contraprestación económica por dichas tareas". También el dueño de los terrenos donde se encuentran las balsas admitió en su primera declaración, como bien recuerda el juez, que mantuvo conversaciones con el Ayuntamiento para que enterrara las balsas porque "aquella era un peligro, una bomba de relojería".

En la decisión absolutoria ha prevalecido, como así consta en la sentencia, "la falta de acreditación, con absoluta certeza, del vínculo casual entre el derrame de las balsas de alpechín y la contaminación del acuífero de Raja Santa" [considerado por los espeleólogos la cavidad termal más importante de España].

Aunque considera que pueda existir un cierto "delito de riesgo o peligro abstracto", el juez echa mano de jurisprudencia anterior en la que se alude a que se precisa que la actuación "sea grave", es decir, que perjudique gravemente el equilibrio de los sistemas naturales, "y en el presente caso y esto es crucial para el mismo, no se ha alcanzado una plena convicción sobre dicha condición".

Las "dudas" no son suficientes para establecer un veredicto de culpabilidad, e incluso éstas "se refuerzan" con los resultados de los análisis de los pozos que circundan las balsas, donde no se encontró contaminación alguna aunque los peritos "no descartan que dicha afección se produzca en el futuro". Los expertos, como recuerda el juez en su sentencia, aseguraban que sólo a través de un estudio geotécnico del terreno, con sondeos minuciosos entre las balsas y la cueva, podía determinarse en todo caso el grado de afección o contaminación. Ninguna administración se preocupó por su "elevado coste".

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