Ciudad

El comercio de Granada rehace su calendario por el cambio del festivo local

  • El sector establece que los establecimientos de la capital descansarán las tardes correspondientes al martes 9 de junio, miércoles 10 de junio, viernes 12 de junio y sábado 13 de junio. El Corpus sera laborable totalmente

Visita a comercios de Granada

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La Federación Provincial de Comercio de Granada ha pedido al Ayuntamiento de la capital aclarar varias cuestiones al cambio de festivo local del Corpus (11 de junio) al día de la Virgen de las Angustias (15 de septiembre). Más concretamente, la patronal exige al Consistorio conocer si el próximo jueves 11 de junio será laborable a todos los efectos y que pasa con el resto de condiciones de su convenio colectivo que señalan que "se descansará las tardes del martes, miércoles, viernes y sábado del Corpus, en Granada capital y las tardes de los días anteriores o posteriores al de la feria de cada localidad en la provincia cuatro tardes”

El Ayuntamiento de Granada, haciendo uso de la facultad otorgada por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de la Junta de Andalucía, de fecha 23 de abril 2020, ha acordado trasladar el día de festivo local, del 11 de junio al 15 de septiembre 2020. Una resolución que se publicó el pasado 23 de mayo, y en la cual se aprueban las permutas de algunos festivos locales solicitados por algunos ayuntamientos.

Los comerciantes hacen hincapié, además, en que no se celebrará la Feria del Corpus de Granada ni prácticamente no habrá actos en la capital esos días, por lo que solicitan al Ayuntamiento que concrete cómo puede afectar esta situación al Convenio Colectivo de Comercio, para Granada y su provincia, el cual establece en su artículo 27 que "igualmente se descansará las tardes del martes, miércoles, viernes y sábado del Corpus, en Granada capital y las tardes de los días anteriores o posteriores al de la feria de cada localidad en la provincia cuatro tardes”.

Señalan que el contexto y los cambios de fechas "están ocasionando dudas entre los empleadores y trabajadores" para la interpretación del artículo 27 del convenio.

Toda vez que tanto la Federación Provincial de Empresarios y Autónomos de Comercio de Granada, así como las organizaciones sindicales Comisiones Obreras y Unión General de los Trabajadores, representantes legales de la patronal y sindical de todo el sector de comercio en la provincia de Granada, desarrollan una labor continua de interpretación y aclaración de dicho convenio, se ha llegado a un acuerdo.

Así, "en el año 2020, y exclusivamente para los trabajadores a los que tenían derecho a descansar las tardes del martes, miércoles, viernes y sábado del Corpus, en Granada capital, se concreta que dichas tardes serán las correspondientes al martes 9 de junio, miércoles 10 de junio, viernes 12 de junio y sábado 13 de junio, todas ellas del 2020, por lo que dichos días las jornadas laborales no podrán terminar más tarde de las 14:30 horas".

"Igualmente, y dado que ha sido traslado el día no laborable local, en Granada capital, del 11 de junio 2020, al 15 de septiembre 2020, el indicado día 11 de junio 2020 (Corpus Christi) será día laborable a todos los efectos", concluyen.

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