Novedades en la normativa de los patinetes eléctricos en Granada para 2026

La DGT anunció que el próximo año será obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil

¿Pueden multarte si aparcas en tu propio vado en Granada? La sanción asciende a 200 euros

En 2026 llegan novedades para quienes usen patinetes eléctricos. / R. G

El uso de los patinetes eléctricos se ha extendido entre la población, y cada vez se ven más por las vías de Granada. En los últimos años, han entrado en vigor normativas que controlan su velocidad máxima, la edad mínima para conducirlos, así como las vías por las que puede circular. La Dirección General de Tráfico (DGT) anunció algunas de las novedades que habrá para estos vehículos de movilidad personal (VMP) de cara al próximo 2026.

Novedades de los patinetes eléctricos en 2026

Las dos nuevas normativas que tendrán que tener en cuenta los conductores de patinetes eléctricos es, en primer lugar, que tienen que contratar un seguro de responsabilidad civil, obligatorio a partir del 2 de enero de 2026.

Además, los VMP deberán estar inscritos en el Registro de Vehículos de la DGT, así como llevar una etiqueta identificativa con el número de inscripción o matrícula. Las multas por no cumplir esto pueden ser de hasta 1.000 euros.

Normas de los patinetes eléctricos en Granada

La DGT recogió las primeras normativas que afectaba a los patinetes eléctricos en 2021. Esta señala que los Ayuntamientos pueden regularlos, pero en todos los casos deben cumplir estas condiciones mínimas:

En Granada, la regulación de los VMP está recogida dentro de la Ordenanza Integral de Movilidad Sostenible de la capital. En esta se especifica que la edad mínima para circular con estos vehículos es de 15 años. Aunque aquellos usuarios menores de dicha edad podrán usarlos "cuando estos resulten adecuados a su edad, altura y peso, fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, acompañados y bajo la responsabilidad de las personas progenitoras o tutoras a pie".

Respecto a las zonas en las que el Consistorio granadino permite la circulación de los patinetes eléctricos, se señala que podrán hacerlo por carriles bici segregados, por la acera bici a velocidad moderada no superior a 10 kilómetros por hora. Por las ciclo calles y otras vías de sentido único con velocidad de circulación limitada a 30 kilómetros por hora.

Además, los patinetes eléctricos deben respetar en todo momento las normas de circulación. Esta normativa también indica que no podrán ser arrastrados, remolcados o empujados por otros vehículos en marcha.

Tampoco puede manejarse los patinetes eléctricos usando cascos o auriculares conectados a otros aparatos, y tampoco puede usarse el móvil mientras se esté conduciendo. Y es obligatorio llevar casco de protección homologado, y así como señalizar siempre los cambios de dirección o maniobras, mediante dispositivos eléctricos, y si no se tiene, de forma manual.

Multas de hasta 1.000 euros

Respecto a las multas por no cumplir las normativas que rigen el uso y circulación de los patinetes eléctricos, el nuevo marco sancionar recoge que circular sin seguro o matrícula acarrea sanciones de hasta 1.000 euros. En las mismas cantidades se encuentran las multas si se conduce un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol- va de los 500 a los 1.000 euros, dependiendo de la tasa de alcohol en sangre.

Si el patinete no cumple requisitos técnicos o carecer de certificado de circulación, las multas irían hasta los 500 euros. Precios similares si se usa el teléfono o se conduce con cascos- que son de 200 euros.

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