Universidad de Granada

Primer paso para regular el paro académico en la UGR

  • El borrador del proyecto de reglamento de este derecho ya ha sido presentado por la Delegación General de Estudiantes de la UGR

  • Se prevén tres modalidades de paro, general, parcial de centro y parcial de titulación

  • Serían suficientes las firmas de al menos un 10% de los matriculados para una convocatoria general

Manifestación estudiantil el pasado 14 de noviembre en Granada.

Manifestación estudiantil el pasado 14 de noviembre en Granada. / Álex Cámara

Uno de los flecos que el reglamento universitario todavía no ha conseguido arreglar es el de la regulación del paro académico. Pese a que cada curso es normal que se desarrollen varias jornadas de movilización estudiantil -en lo que va de año académico ya ha habido dos- todavía no existe un marco normativo sobre esta cuestión.

Este "derecho del que disponen los estudiantes según los Estatutos de la Universidad de Granada" está en una "situación complicada, pendiente de desarrollo normativo", recoge la propia Delegación General de Estudiantes (DGE) de la UGR en una reciente nota de prensa. Por ello, han desarrollado un borrador de proyecto de reglamento de paro académico. El documento, que puede consultarse en la página web de la DGE, establece los "mecanismos de la convocatoria de paro, así como los derechos de los estudiantes".

En un primer capítulo, se recoge la definición de paro académico como "cese voluntario y previamente acordado" de las obligaciones académicas por parte de los estudiantes "con el objetivo de defender sus derechos y en apoyo de sus reivindicaciones".

Además, establece tres "clases" de paro: general, que afectaría a todos los centros; parcial de centro, que sólo se convocaría en una escuela o facultad; y parcial de titulación, que "afectará a una única enseñanza oficial de grado o de máster".

En este borrador se establece que la convocatoria de un paro general puede correr a cuenta de la DGE o de un grupo de estudiantes mediante la recogida de firmas. "El número de firmas deberá ser igual o superior al 10% de los estudiantes matriculados" en las enseñanzas de grado o máster. En el caso de la UGR, según los datos de la última memoria académica, se contabilizaron el pasado curso 47.096 estudiantes de grado y otros 8.862 de posgrado.

En el caso de que la convocatoria se restrinja a un centro universitario, el número de firmas debe ser de al menos el 30% de los matriculados. Si afecta a una única titulación, se exigiría el apoyo de un mínimo del 40%.

En cualquier caso, se especifica que los paros académicos "no podrán convocarse durante los periodos oficiales de exámenes", según lo establecido en el calendario académico.

Otro de los límites que marca el borrador es la duración. Un paro académico podría prolongarse por un máximo de tres días hábiles. Se establecería una prórroga de otros tres días adicionales.

Para convocar es necesario argumentar la necesidad de ese paro "junto a la exposición de las reivindicaciones de los firmantes". También se establece en el documento que tras la convocatoria "se concertará inmediatamente" una reunión entre la DGE o los promotores bien con el Rectorado (en el caso de paro general), con el decanato o dirección del centro correspondiente. 

En cuanto a las "garantías", se incluye la posibilidad de "formar grupos de información", más conocidos como piquetes, y se establece que la Universidad "proporcionará" los "medios suficientes para informar" del desarrollo del paro académico.

Para los estudiantes, participar en una convocatoria "no podrá ser considerada como un indicador negativo" en su evaluación. Los docentes no podrán "realizan sesiones de evaluación" ni actividades en la que la presencia sea obligatoria

Los estudiantes que quieran participar en la modificación del borrador pueden presentar sus enmiendas hasta el próximo 9 de diciembre. El proyecto de reglamento y las enmiendas se debatirán en pleno de la DGE el día 19 de ese mes.

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