Economía

La Cámara de Cuentas detecta irregularidades en la gestión económica y de personal de Pinos Puente, en la Vega de Granada

Edificio de la Cámara de Cuentas de Andalucía

Edificio de la Cámara de Cuentas de Andalucía / G. H.

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha emitido un informe de fiscalización sobre determinadas áreas del Ayuntamiento de Pinos Puente, localidad situada en la comarca de la Vega de Granada, durante el ejercicio del año 2019. Esta auditoría financiera y de cumplimiento de legalidad alerta que las actuaciones y operaciones, en cada una de las áreas objeto de fiscalización, no se han desarrollado en todos sus aspectos significativos conforme al marco normativo. 

El alcance temporal del trabajo está referido al ejercicio 2019, momento en el que la Corporación municipal estaba formada por el alcalde y 16 concejales. La Junta de Gobierno Local está integrada, además de por el alcalde, por seis tenientes de alcalde. A principios de 2019, el socialista Enrique Medina gobernaba la localidad, pero este perdió la Alcaldía en las elecciones municipales en favor de Francisco José García, de Izquierda Unida, quien ha gobernado hasta ahora gracias a una coalición con Ciudadanos.

La Cámara de Cuentas destaca que las actividades desarrolladas en 2019 por el Ayuntamiento de Pinos Puente objeto de fiscalización no resultan conformes con el marco normativo aplicable. Pero, pese a ello, "en nuestra opinión, excepto por los efectos de los hechos descritos, la Liquidación del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Pinos Puente expresa en todos los aspectos significativos la imagen fiel de la realidad presupuestaria de la entidad a 31 de diciembre de 2019, de conformidad con el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación", destaca el informe, pese a las irregularidades que se describen en esta información a continuación.

De las 44 modificaciones de la Liquidación del Presupuesto de Gastos, hay 197 que la entidad local realizó con incumplimiento de principios, criterios y normas contables. Si no se hubiera contabilizado estas 19 modificaciones, que suman 3.371.894,11 euros y representan el 99,90% del total de las modificaciones en términos monetarios de 2019, los créditos definitivos hubieran sido de 7.466.599,89 euros en lugar de los 10.838.494,00 euros que figuran en la Liquidación del Presupuesto.

Presupuesto

Respecto al presupuesto de la entidad local, la Cámara de Cuentas destaca que no se aprobó el Presupuesto General del año 2019, sino que se prorrogó el del anterior, lo que conllevó una serie de restricciones legales y que afectaron, entre otros, a las generaciones de créditos por ingresos y a las operaciones de crédito. Esta situación de prórroga presupuestaria se repite en 2020.

"La liquidación del presupuesto de 2019 se ha aprobado el 14 de mayo de 2020, y no entre el 1 yel 31 de marzo, tal y como requiere la normativa presupuestaria local", remarca el organismo. Además, La Cuenta General de 2019 fue aprobada el 21 de octubre de 2021, incumpliendo el plazo previsto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En esta sesión plenaria también se aprobaron las Cuentas Generales de los años 2017 y 2018.

Sobre las modificaciones presupuestarias, la Cámara de Cuentas ha detectado una incorporación de remanentes de crédito por 1.804.190,32 euros, aprobada por la Alcaldía, y que carece de la financiación. También aprobó once generaciones de crédito por ingresos por 1.543.035,99 euros en 2019pese a que la Entidad Local tiene prorrogados sus presupuestos, por lo que esta acción no está permitida. Y, además, "seis de estas once generaciones de crédito, que totalizan 1.047.528,36 euros, se han tramitado con infracción del ordenamiento jurídico".

"Así mismo, hay otras 4 modificaciones que totalizan 276.527,05 euros y que se han tramitado con omisión de otros trámites esenciales del procedimiento, por lo que su aprobación podría estar viciada por una causa de nulidad de pleno derecho conforme al art. 47.1.e) de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas", denuncia el organismo.

Control interno del Consistorio

La Cámara de Cuentas ha informado en su documento de fiscalización que el municipio de Pinos Puente no se ajusta al Esquema Nacional de Seguridad, por lo que incumple varias leyes estatales, entre ellas la que obliga a que los documentos de cualquier Administración Pública cuenten con medidas de seguridad que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados; la Ley de Protección de Datos; y además a se ha detectado un fallo en el sistema de control interno de la aplicación informática de contabilidad.

Por otro lado, El Ayuntamiento no ha publicado en el Portal de Transparencia toda la información requeridapor la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, La Intervención no elaboró en 2019 el Plan Anual de Control Financiero, y tampoco confeccionó el informe resumen anual de los resultados del control interno de 2019 hasta seis meses después de aprobar las cuentas de ese año, ya en 2021.

Gastos e ingresos presupuestarios

Los gastos sin consignación presupuestaria, que según la Cámara de Cuentas de Andalucía alcanzarían a finales de 2019 el importe de 1.961.354,39 euros, vulneran el principio de especialidad cuantitativa. Podría tratarse de un supuesto de hecho constitutivo de responsabilidad patrimonial y pudiera ser constitutivo de infracción muy grave. 

Por otra parte, desde el 3 de octubre de 2020 hasta la fecha de este informe el Ayuntamiento ha venido pagando una contraprestación económica a la Diputación Provincial de Granada por los servicios de gestión recaudación e inspección de determinados ingresos públicos sin contar con cobertura jurídica alguna

Personal de la administración local

Sobre la auditoría al personal del Ayuntamiento de Pinos Puente, la Cámara de Cuentas comienza su análisis diciendo que la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), que fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 8de mayo de 2015 no está publicada en el Portal de Transparencia. En la misma figuran al menos seis puestos asignados a trabajadores laborales pese a que habrían de estar reservados a personal funcionario.

"En el período 2016-2019, el Ayuntamiento ha aprobado modificaciones en la RPT inicial que atañen a 13 puestos de trabajo, de las que cuatro han tenido lugar en 2019, y sin que ninguna de ellas haya sido objeto de consulta o negociación previa. Así mismo, la modificación de un puesto de Oficial de Policía Local se ha realizado sin una previa valoración. Las posteriores modificaciones de la RPT no recogen el importe monetario del complemento específico asociado a cada puesto de trabajo, tal y como exigen estos preceptos, por lo que a aprobación y las ulteriores modificaciones de la RPT podrían estar incursas en causa de nulidad de pleno derecho", detalla la Cámara de Cuentas.

Por otra parte, el organismo detalla que el Ayuntamiento tenía a 31 de diciembre de 2019 a 30 efectivos, de los que 5 son funcionarios, y 25 laborales, que no tenían la cobertura de un puesto en la RPT. También había dos trabajadores eventuales, que fueron nombrados en junio de 2019 asesores, que desarrollaban unas funciones distintas de las señaladas en la RPT para estos puestos, de periodista y de responsable de gabinete de alcaldía. "La Plantilla Orgánica no recoge las plazas de los dos trabajadores eventuales que en 2019 prestan sus servicios en el Ayuntamiento".

"Los 60 trabajadores laborales indefinidos no fijos que había reconocidos en el Ayuntamiento a 31 de diciembre de 2019 accedieron al Consistorio incumpliendo los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad previstos por Ley. La plaza de un funcionario interino no se ha incluido en la OEP del año de su nombramiento ni en la siguiente, el jefe de la Policía Local había superado el plazo máximo de un año prorrogable por otro y un funcionario de carrera presta servicios en Pinos Puente como policía tras haber permutado su puesto, aunque se hizo de forma incorrecta", concluye.

Además de todo lo señalado, el funcionario del Ayuntamiento que ocupa el puesto de Tesorería en 2019 no cumple con los requerimientos legales para el desempeño de las funciones propias de este puesto. El nombramiento en esta plaza no debió realizarlo el Ayuntamiento sino la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía. 

"Este nombramiento tendría que haber recaído sobre un funcionario del Ayuntamiento perteneciente al subgrupo A1, cuando a este empleado público le corresponde un subgrupo A2. El 5 de julio de 2019 la Junta de Gobierno Local acuerda su adscripción provisional al puesto de Jefe de Sección Económica. A la fecha del informe no se había iniciado ningún proceso selectivo para la cobertura con carácter definitivo del puesto de Jefe de Sección Económica, tal y como requiere la Ley", concluye el organismo de control. Debido a que el puesto de Tesorero está ocupado irregularmente por un funcionario del Ayuntamiento, todas estas actuaciones podrían estar incursas en causa de nulidad de pleno derecho.

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