Granada

La jueza del caso Nazarí esperará al Supremo para evitar la "pena de banquillo" de Torres Hurtado y otros acusados

  • El alto tribunal podrá decidir el futuro de la pieza Registrador, que fue archivada por la Audiencia de Granada cuando ya había auto de juicio oral

La jueza del caso Nazarí esperará al Supremo para evitar la "pena de banquillo" de Torres Hurtado y otros acusados

La jueza del caso Nazarí esperará al Supremo para evitar la "pena de banquillo" de Torres Hurtado y otros acusados / Photographerssports

La magistrada María Ángeles Jiménez Muñoz, instructora de la macrocausa Nazarí, ha decidido dejar en suspenso la tramitación de la primera pieza en la que el exalcalde de Granada José Torres Hurtado podría ir a juicio. Para "evitar la pena de banquillo", según consta en el auto, esperará a la decisión del Tribunal Supremo, donde se ha presentado un recurso contra el archivo de la causa que resolvió la Audiencia Provincial el pasado septiembre.

Una vez que ese archivo fue recurrido al Supremo por la acusación popular, la jueza de instrucción decidió continuar con la tramitación del caso (que ya estaba en fase previa al juicio oral) al no ser todavía firme el sobreseimiento. Las defensas pidieron a la magistrada que se abstuviera de avanzar para evitar la posible "pena de banquillo" de los acusados, que podrían llegar a enfrentarse a un juicio que luego fuera declarado nulo, por la confirmación del archivo previo por parte del Supremo.

La magistrada ha atendido esta petición de las defensas, anulando la providencia del mes pasado en la que acordaba continuar la tramitación, y lo ha hecho con la referencia explícita en su auto a esa posible "pena de banquillo" que alegaba la defensa de Torres Hurtado. 

"Sin perjuicio de las resultas que pudiera concurrir en los autos presentes, tras la resolución del recurso de casación que ha sido preparado por la acusación popular, con la finalidad de evitar la pena de banquillo referida en los distintos escritos en los que se interpone los recursos, que ha lugar a la estimación de la nulidad peticionada", es una de las conclusiones del auto fechado el 20 de enero de la instructora del Nazarí, que en paralelo sigue avanzando en otras piezas relacionadas con la macrocausa.

El origen de este caso está en el año 2016, cuando se abrieron las diligencias judiciales por varias denuncias de la Fiscalía y comenzó una investigación en el que ha participado durante varios años la Unidad contra la Delincuencia Económica y Fiscal (Udef) de la Policía Nacional. 

El extenso caso ha propiciado la apertura de media docena de piezas separadas, de las cuales hay dos (Registrador y Obispo Hurtado) en las que ya hay auto de juicio oral, a la espera de lo que ocurra en el Supremo con la primera de ellas. Otros expedientes fueron archivados tras finalizar la fase conjunta de investigación y hay piezas cuyas diligencias continúan, como la del pabellón Mulhacén, que es medular en el caso Nazarí, y en el que el Juzgado sigue tomando declaraciones estos días. 

La pieza Registrador fue una de las primeras en salir adelante y la jueza de instrucción llegó a dictar auto de apertura de juicio oral el año pasado. En septiembre, la Audiencia de Granada archivó este caso antes de llagar a la fase de enjuiciamiento en atención a un recurso previo de algunas defensas. Pero la acusación popular lo ha llevado al Supremo, de modo que podría quedar en el aire mucho tiempo. 

El auto de archivo de la Sección Segunda de la Audiencia respondía a un recurso de una de las personas acusadas, un técnico de Urbanismo, contra el auto de apertura de procedimiento abreviado, pero los magistrados hicieron extensiva su resolución a todos los demás implicados en la causa (incluidos los que no habían recurrido) y acordaron el sobreseimiento libre y archivo de la causa al completo.

Éste es uno de los motivos de casación expuestos en el recurso, que principalmente alega una supuesta infracción de principios constitucionales, concretamente el derecho a la tutela judicial efectiva, a un proceso con todas las garantías y al de legalidad penal, al "haberse excedido en sus facultades y potestades de revisión la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, a pesar de incurrir el Ponente y Sala del Recurso de Apelación en causa de abstención". En este punto, la parte recurrente se refiere a la coincidencia de algunos de los magistrados con la composición del tribunal que juzgó y absolvió a Torres Hurtado en el caso Serrallo. 

 

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