Granada

El indulto de Juana Rivas tendrá que esperar

  • La decisión de su defensa de recurrir al Supremo impide que el actual Gobierno de Sánchez pueda abordar este asunto, dado que tiene que haber sentencia firme

Juana Rivas, en el aeropuerto de Granada.

Juana Rivas, en el aeropuerto de Granada. / Efe

La petición de indulto para Juana Rivas que a través de su defensa o a través de asociaciones de mujeres se ha aireado en los últimos días, tras la sentencia condenatoria de la Audiencia de Granada, tendrá que esperar y no será un asunto que pueda abordar el actual Gobierno socialista de Pedro Sánchez. El principal motivo es la decisión de recurrir la resolución judicial al Tribunal Supremo.

El principal requisito que ha de cumplir una petición de indulto al Gobierno español, según la normativa, es que la sentencia judicial sea firme. En el caso de Juana Rivas, la resolución que la condena a 5 años de cárcel y la inhabilita para la patria potestad de sus hijos otros 6 años no adquirirá firmeza mientras sus abogados presenten recursos y agoten la vía judicial ordinaria, que tendría su techo en el Tribunal Supremo

Aunque los primeros días después de conocerse la sentencia de la Audiencia Provincial (que ratificaba casi todos los aspectos importantes de la primera condena del Juzgado de lo Penal 1 de Granada), el abogado de Rivas mencionó la dificultad del recurso de casación al Supremo y la posibilidad de pedir el indulto de forma inmediata, la misma defensa ha anunciado esta semana que sí tiene previsto recurrir al alto tribunal español. 

De ese modo, la sentencia aún no podría ser firme y la petición de indulto tendría que esperar. La normativa es expresa en ese punto y dice que no pueden pedir el indulto quienes "estén siendo procesados criminalmente pero aún no hayan sido condenados por sentencia firme".

El recurso de casación al Supremo que valoran los abogados tiene su primera dificultad en la misma admisión a trámite, dado que sólo se pueden alegar una serie de cuestiones muy tasadas. Fuentes judiciales explican que no se pueden incluir nuevos hechos ni pruebas en la causa, y que sólo se podría tener en cuenta un posible fallo en la aplicación de las normas y la legalidad. Incluso se podría estudiar la valoración de la prueba que se ha hecho, aunque no aportar nuevas. Hay que tener en cuenta que Rivas siempre se ha quejado de que no se haya tenido en cuenta en el proceso su denuncia de malos tratos al padre de sus hijos. 

Incluso en el caso de que no se presentara ese recurso de casación, el Juzgado de lo Penal granadino tendría que aguardar primero a que pasara el plazo (suelen ser 20 días) que tiene su defensa para recurrir y luego declarar la firmeza de la condena. Esto dificultaría también mucho que el asunto pudiera llegar a tiempo a la mesa del actual Gobierno socialista de la nación.

En estos momentos hay varias campañas populares, instadas por grupos como la Asociación Ilicitana contra la Violencia de Género (AIVIG), que reclaman al Gobierno el indulto para Juana Rivas. Incluso hay una campaña en Change.org que lleva recogidas casi 350.000 firmas para ello. La petición expresa es al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, al propio Ejecutivo, y a la ministra de Justicia, Dolores Delgado. 

Una vez que fuera presentado de forma oficial la petición de indulto, el Gobierno tiene un plazo legal de un año para contestar. Si no hubiera respuesta tras ese periodo se entendería denegada la petición. 

Los posibles recursos al Tribunal Constitucional o a Estrasburgo no están reñidos con la petición de indulto porque éstos se haría ya en otra fase, una vez que la sentencia es firme. 

En cuanto a la situación judicial de Juana Rivas en Italia, una vez conocida la sentencia del Tribunal de Cagliari, que le otorga la custodia en exclusiva al padre de los niños (un nuevo revés para la madre de Maracena), queda pendiente el posible recurso que sus abogados pongan a esa resolución, y sobre todo, el trámite judicial de las denuncias por maltrato que ella puso contra Francesco Arcuri en el país vecino. 

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios