El juicio por el accidente de la A-7 entra en la recta final

Los abogados de la defensa intentaron ayer desvirtuar el informe del inspector de Trabajo, que apuntaba que el plan de seguridad era insuficiente, refutándolo

Millán y Navarro, técnicos de la Junta.
Nacho Martín / Motril

23 de febrero 2012 - 01:00

El juicio oral por el accidente en la construcción del viaducto sobre el Río Verde de la Autovía del Mediterráneo a su paso por Almuñécar, que el 7 de noviembre de 2005 se cobró la vida de seis trabajadores, entró ayer en su recta final con la conclusión de la séptima jornada.

A falta de dos sesiones que se celebrarán la semana que viene, el juicio quedará visto para sentencia. Así, el lunes, día 27, finalizará la práctica de la prueba con el testimonio de dos peritos, mientras el relato del guardia civil instructor del atestado se tendrá que hacer finalmente a través de videoconferencia, ya que por enfermedad no se podrá desplazar hasta Motril. Con estas prácticas las partes adelantarán las calificaciones, para que a la vista de los testimonios aportados a lo largo de todo el mes de febrero el miércoles 29 ofrezcan las conclusiones definitivas.

En la última jornada celebrada ayer en la sala de vistas número 3 declararon cuatro testigos aportados por la defensa. La mañana comenzó con el relato de José Millán y Andrés Navarro, técnicos de seguridad de la Junta de Andalucía, quienes comparecieron de manera conjunta y recordaron los hechos. Así, relataron cómo tras el aviso del 112 se activó el protocolo y se personaron en el lugar del accidente, sin que pudieran determinar falta de medios de seguridad. No obstante, reconocieron que no tuvieron "facilidad para entrar en el recinto" (por la dimensión del suceso), entonces acordonado por la Guardia Civil. "Todo lo que tiene un fundamento científico, a veces no se puede descubrir a tiempo", comentaron.

La segunda prueba aportada en la mañana de ayer fue el relato de Pedro Antonio Beguería del Servicio de Prevención del Ministerio de Industria, quien examinó el plan de seguridad, los informes elaborados por los expertos de la Universidad de Granada y del Instituto Eduardo Torroja y los del inspector de Trabajo para llegar a sus conclusiones.

Beguería destacó que la cimbra tenía un marcado CE, por lo que cumplía con toda la normativa exigible y una vez conseguida esa certificación era un elemento seguro. Asimismo, subrayó que el "dueño de la cimbra era mucho más exigente que lo que exigía el fabricante", para lo que realizaban revisiones periódicas, documentadas a través de los check list.

Los abogados de la defensa intentaron desvirtuar los informes elaborados por el inspector de Trabajo Martín Lagos preguntando por las contradicciones entre el primer y segundo informe, ya que mientras en el primero el plan de seguridad era el adecuado, en el segundo resultaba incompleto y detectaba irregularidades sancionables. En este punto, el técnico del Ministerio de Industria explicó que "es inexplicable que lo que vale para un primer momento no valga para el segundo" y tildó de "falta de coherencia" los documentos elaborados por el inspector. Por último, dijo no entender "por qué cambió de criterio" y sentenció que "no se podía haber hecho más de lo que se hizo. Era suficiente", en relación con las medidas de seguridad adoptadas.

También en este aspecto el inspector de Trabajo Jaime López Fando, con cuarenta años de experiencia, explicó que cuando sucede un hecho de estas características el inspector elabora un informe en un plazo corto de 24 horas, que se trata de "un avance en el que se analizan las posibles causas del siniestro". Ese documento se remite al Ministerio Fiscal, para que se depuren responsabilidades penales y, después, en un plazo de 15 a 20 días, se elabora un informe más exhaustivo, por lo que calificó de "inusual" lo realizado por el inspector de Trabajo que analizó el accidente y dijo no entender cómo luego corrigió el primer informe cuando había invertido tiempo suficiente: más de un mes.

López Fando también reprochó a Martín Enciso que no hubiera levantado actas de sanción después de detectar las irregularidades. En este aspecto discrepó con el Fiscal que entendió correcta la actuación del inspector de trabajo que analizó el caso y que decidió suspender el procedimiento administrativo, en tanto que no se resolviera el procedimiento penal.

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