Terremotos

Terremotos en Granada: te explicamos cómo reclamar los daños al seguro

Daños en una vivienda de Santa Fe a consecuencia del terremoto.

Daños en una vivienda de Santa Fe a consecuencia del terremoto. / Jesús Jiménez / Photographerssports

Los terremotos se han convertido en algo aún más frecuente estos últimos días en el Área Metropolitana de Granada, donde se han dado varias réplicas sin aparentemente daños graves. No obstante, existe un Consorcio de Compensación de Seguros para aquellas personas que hayan sido afectadas por los terremotos.

Dicho consorcio establece que para tener derecho a una indemnización, los daños tienen que ser causados por una serie de riesgos, que denomina "acontecimientos extraordinarios", entre los que se encuentran los anteriormente mencionados terremotos granadinos.

Su objetivo es indemnizar las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios ocurridos en España como forma de compensación, pues así lo determina el artículo 1 del Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios.

El Consocio establece que la póliza de seguro incluye la cobertura de daños materiales directos de algunos de los siguientes riesgos: incendio, robo, rotura de cristales, daños a maquinaria, equipos electrónicos, ordenadores o modalidades combinadas de los mismos y daños en el automóvil.

En el caso de que la póliza contratada cubra el riesgo de accidentes, también serán indemnizados los daños personales como lesiones, fallecimiento, invalidez...

Por su parte, la pérdida de beneficios será indemnizada si este riesgo se encuentra expresamente en la póliza y es consecuencia directa de un daño a bienes que estén asegurados.

Sólo son indemnizables los daños que afectan a personas o bienes sobre los que se ha contratado un seguro en cualquier compañía. La póliza debe estar vigente el asegurado al corriente del pago.

Para llevar a cabo la tramitación, deben aportarse los datos de la póliza, los del asegurado y de quien presta la reclamación, así como los datos bancarios para que se pueda efectuar el pago de la indemnización. Del mismo modo se aconseja el aporte de fotografías de los desperfectos y del recibo que indica que se está al corriente del pago del seguro, además de presupuestos y facturas de reparación de los daños.

La reclamación se puede gestionar a través de la página web del Consorcio, por teléfono o por escrito a la Delegación Territorial del organismo que corresponda.

Una vez que se ha presentado la reclamación ante el Consorcio, el organismo debe enviar un perito y procederá a compensar por los daños sufridos.

Cabe destacar que es aconsejable conservar o mantener los desperfectos intactos hasta que acuda el perito del Consorcio a revisar los daños. Si algún organismo público pidiera al afectado realizar alguna acción (como apartar un vehículo), es recomendable solicitar un certificado en el que queden por escrito los daños padecidos y el estado real, en este caso, del vehículo.  

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