La entidad blanquiverde entendía en su denuncia que el Recreativo Granada no había cumplido con lo dictado en la normativa Covid, considerando alineación indebida el concurso de Andorinha, Torrente y Arnau, que eran contactos estrechos y debían pasar a guardar cuarentena, como así hizo el resto de la expedición. De hecho, el primer equipo viajó a San Sebastián para su partido de Primera División ante la Real Sociedad con sólo siete de sus jugadores.
Tras el recurso del club cordobesista, el Juez Único de Competición, José Alberto Peláez Rodríguez, dio traslado al Recreativo Granada para conocer su pliego de alegaciones. El club rojiblanco señaló su cumplimiento con "todos los condicionantes legales para permitir la válida intervención de todos los jugadores". De hecho, acredita que con fecha 6 de noviembre, dos días antes de la celebración del partido y al regreso de Chipre, procedió a realizar pruebas PCR a los tres futbolistas denunciados, con resultados negativos.
De esto modo, apunta la resolución, "la adopción de medidas de aislamiento sobre los mismos no sería necesaria, tal y como fue considerado por el Coordinador de los Servicios Médicos del Granada CF", que certificó que el único positivo "había quedado de forma inmediata". Esto, unido a las declaraciones responsables de jugadores y dirigentes del club, como dictamina el protocolo de la RFEF, llevan al órgano a determinar que "no se aprecia infracción alguna", por lo que "no resulta posible acoger la denuncia formulada" por parte del Córdoba.
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