la tribuna

Antonio-Enrique Pérez Luño

Peces-Barba in memorian

CON el fallecimiento de Gregorio Peces-Barba desaparece una de las principales figuras de la transición española a la democracia. Como todos los que asumieron las mayores responsabilidades políticas en ese periodo, su ejecutoria ha suscitado el reconocimiento de muchos ciudadanos, entre quienes me cuento, pero sin que falten quienes la han cuestionado. Lo incuestionable, en todo caso, es su relevante protagonismo en un momento decisivo de nuestra reciente historia política.

Una trayectoria cívica e intelectual tan fecunda como la de Gregorio Peces-Barba y tan densa en prestigio, dentro y fuera de nuestras fronteras, se resiste a ser esquematizada en unas notas sumarias. Consciente de la dificultad de elaborar aquí un completo perfil biográfico, me limitaré a esbozar algunos rasgos de su quehacer como filósofo del derecho, por ser su faceta intelectual más próxima a mi propio ámbito de estudio.

Un perfil doctrinal se nutre, necesariamente, de una serie de experiencias intelectuales, de investigaciones, de enseñanzas y de su formalización en un conjunto de obras científicas. En las últimas décadas del pasado siglo adquirió amplia difusión la concepción iusfilosófica de Gregorio Peces-Barba, catedrático de Filosofía del Derecho y rector de la Universidad Carlos III de Madrid. Formado en el magisterio del profesor Joaquín Ruiz-Giménez, bajo cuya dirección elaboró una tesis sobre la dimensión humanista del pensamiento de Jacques Maritain, se decantó paulatinamente hacia una postura que autocalifica de "iuspositivismo crítico". No fueron ajenos a esa trayectoria intelectual el estudio de la obra y/o la relación científica con diversos filósofos y teóricos del derecho contemporáneos: Kelsen, Hart, Bobbio, Treves, González Vicén, Elías Díaz…

La clave de bóveda de la teoría iusfilosofica de Peces-Barba reside en su convicción de que el necesario reconocimiento de la positividad del derecho exige al mismo tiempo la crítica de esta positividad. El derecho positivo expresa siempre la voluntad de los depositarios del poder político, circunstancia fáctica que el filósofo del derecho no puede ignorar o soslayar. Explicar el derecho positivo como derecho que es no exime al iusfilósofo de una función crítica orientada a confrontar el derecho positivo con el derecho que debe ser. Ello obliga al filósofo del derecho a un compromiso ético con los valores de la racionalidad y la justicia.

Estas tesis concernientes a la Filosofía del Derecho fueron proyectadas por Peces-Barba a su elaboración teórica de los derechos fundamentales, materia en la que se le puede considerar como uno de los principales introductores y más autorizados estudiosos en el pensamiento jurídico español actual. Entiendo que debe valorarse como uno de los logros más fértiles de su concepción de los derechos fundamentales, asumida en su conjunto, su contribución insistente en ratificar su inexorable dimensión histórica. Asimismo, debe destacarse su empeño por reivindicar sus no menos inexorables dimensiones jurídica y valorativa. La teoría de los derechos fundamentales no se presenta como una categoría extrínseca a la experiencia jurídica, sino como dato ineludible de esa misma experiencia, en la medida en que la misma se debe fundamentar en valores.

Importa señalar que en la investigación y la docencia no se agotó la actividad universitaria de Gregorio Peces-Barba. Admira su capacidad creativa y organizadora de algunas de las empresas e iniciativas académicas más relevantes de la España presente. Su impronta quedará para siempre aunada a la creación del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Complutense y de su Anuario de Derechos Humanos, a la Fundación de la Universidad Carlos III y, en su seno, del Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas, cuya revista Derechos y Libertades goza de merecido prestigio dentro y fuera de nuestra cultura. Esos y otros logros hubieran sido del todo inimaginables de no haber mediado su inspiración y su impulso.

Se ha dicho, siempre con razón, que una personalidad científica no existe ni es inteligible, si no es con y desde su soporte humano a cuestas. En este plano, destacó, como rasgo principal del carácter de Peces-Barba, su cordialidad ostensible y ostentada. Su generosidad, que le impulsó a salir de sus propias preocupaciones e intereses, para hacer suyos los problemas de los demás. Estas cualidades le llevaron a ofrecer su apoyo y estímulo, no sólo a sus discípulos sino a profesores e investigadores alejados de sus propias opciones ideológicas y preferencias doctrinales, circunstancias que prueban su tolerancia y objetividad intelectual.

Sus responsabilidades políticas, no le hicieron jamás abdicar de su radical vocación universitaria. Para un intelectual, especialmente para un profesor, vivir es pervivir; es prolongar la existencia física en el recuerdo, siempre vivo, de unas obras, de unas enseñanzas, de un ejemplo. Por ello, quienes fuimos sus compañeros y amigos somos conscientes de que, con la muerte de Peces-Barba, desaparece una figura incuestionable de la ciencia jurídica española de estas últimas décadas y de que, precisamente por ello, su legado doctrinal permanecerá y se prolongará en nosotros. Si sabemos proseguir su empeño, su pensamiento seguirá vivo entre nosotros.

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