Las tipologías de la agresión sexual deben revisarse

Lo que realmente ha causado estupor es la descripción de los hechos que padeció la víctima y que no se considere intimidación

El Gobierno anunció ayer que revisará la definición de los tipos de delito que compartan violencia sexual. La decisión la tomó el Consejo de Ministros tras la sentencia de la Audiencia de Pamplona, que condena a cinco jóvenes sevillanos por abuso sexual continuado en vez de por violación, al entender que la víctima, pese a no dar su consentimiento para mantener las relaciones, tampoco sufrió una intimidación suficiente de los autores. El pronunciamiento judicial ha desatado una oleada de reacciones muy crispadas desde muy diversos colectivos sociales que entienden que este supone un paso atrás importante en la lucha contra la lacra de la violencia de género. También los representantes de la totalidad del arco parlamentario han mostrado su estupor y exigen que se regulen con claridad esta tipología delictiva, no sólo en España sino en la Unión Europea para que no puedan suscitar dudas de interpretación. Las protestas en algunas calles se repitieron e incluso una plataforma logró reunir en horas un millón de firmas para exigir la inhabilitación de los magistrados que suscribieron el fallo. En este escenario de agitación social, la reacción del Ejecutivo de Rajoy fue templada, como no podía ser de otra manera. El ministro de Justicia ha contactado con la sección penal de la Comisión General de Codificación para que valore si la definición actual de los delitos contra la libertad sexual que figura en el Código Penal, aprobado en 1995, se ha quedado desfasada y es necesario actualizarla. El portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, que al inicio de su intervención posterior al Consejo de Ministros catalogó el caso como de "agresión sexual", defendió la necesidad de trasladar a los textos legislativos la "nueva actitud social" que reina en el país y que se traduce en una tolerancia cero ante los ilícitos de esta índole. Sin embargo, evitó decantarse sobre la necesidad de reformar el citado Código Penal. Una modificación que necesitaría del concurso de otras formaciones políticas, además del PP. La Fiscalía ya ha anunciado que la sentencia será recurrida por la Fiscalía ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Y, ante la alarma generada, desde otras instancias judiciales se ha insistido en que el sistema español permitirá ratificar o corregir la decisión del tribunal. Porque lo que realmente ha causado estupor es que dé por bueno el relato de la víctima, "sometida" a la voluntad de los procesados, "acorralada", "agazapada" y "ausente" mientras era tratada como "un mero objeto", pero que estas evidencias sean insuficientes para concluir que hubo intimidación. La revisión de este tipo de comportamientos es incuestionable.

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