Caso ERE

Alaya pide un informe al Ministerio de Empleo sobre la "procedencia" de las ayudas otorgadas por la Junta

  • La instructora amplía las investigaciones a 1999, más allá del convenio marco que regulaba las subvenciones.

La juez Mercedes Alaya, que investiga el escándalo de los ERE fraudulentos y el pago de sobrecomisiones vinculadas a las pólizas financiadas por la Junta de Andalucía, ha solicitado a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para que se pronuncie sobre la “procedencia, a tenor de la legalidad vigente en cada momento”, del establecimiento por parte de la comunidad autónoma de un “sistema propio” de ayudas previas a la jubilación ordinaria a trabajadores afectados por Expedientes de Regulación de Empleo.En un auto dictado el pasado 27 de junio, la juez acuerda solicitar esta información al Ministerio de Empleo una vez que un perito designado por la Intervención General de la Administración del Estado realizara una “extensa y detallada exposición sobre el establecimiento, mantenimiento, gestión y ejecución, al menos desde el año 2000 hasta 2012, de un régimen propio de ayudas que pudieran corresponder al ámbito laboral, financiadas con cargo a los presupuestos de la comunidad autónoma, sin que durante el período de 2000 a 2010 exista norma por la que la Junta regule su concesión, establezca sus límites, edad mínima de los beneficiarios, cuantías, períodos de percepción, porcentaje de financiación pública de las mismas o forma de tramitación”.

Dice la juez que de los estudios realizados por el perito, las ayudas concedidas no se ajusta a lo establecido en la orden de 5 de octubre de 1994, “superándose ampliamente los contenidos de la citada orden y tramitándose al margen de la Tesorería general de la Seguridad Social”. Los peritos consideran que dichas subvenciones pueden corresponde al “ámbito laboral” y la juez precisa que teniendo en cuenta que el artículo 149.1.7 de la Constitución fija la competencia exclusiva del Estado sobre la legislación laboral, “sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas”, se trata de determina si el ejercicio del “poder subvencional llevado a cabo por la Consejería de Empleo de la Junta se sitúa dentro (y no al margen) del orden de competencias fijados por la Constitución y el Estatuto de Autonomía”.

La juez señala que los peritos de la Intervención General del Estado han afirmado que “no deja de ser sintomático que, con respecto a la materia objeto de análisis, no exista, o al menos no se haya detectado la reproducción del modelo seguido en Andalucía”, tras haber realizado una comparación con otras comunidades, por lo que Alaya considera procedente recabar la información acerca de la “compatibilidad” de las ayudas.En concreto, la instructora pide al Ministerio de Empleo y Seguridad Social que informe sobre si las ayudas sociolaborales previas a la jubilación ordinaria a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo establecidas por la Junta “están o no incluidas en el ámbito laboral, cuya legislación es competencia exclusiva del Estado”, y que se pronuncie sobre la “procedencia, a tenor de la legalidad vigente en cada momento, del establecimiento por la comunidad autónoma de Andalucía de un sistema propio de ayudas previas a la jubilación ordinaria a trabajadores afectados por los ERE”.

La juez también quiere que el Ministerio informe sobre si el establecimiento de estas ayudas “afecta y en qué modo a la legislación que en exclusiva compete al Estado” y sobre si existen unas “bases reguladoras aprobadas por el Estado” para este tipo de ayudas y que se aporten en su caso los “informes o antecedentes” que hubiera en los archivos del Ministerio relativos a la participación de los servicios del departamento en el seguimiento, informe o control de las actuaciones de la Junta sobre estas ayudas.

Alaya pide igualmente que se aporte la documentación administrativa que informe de los créditos presupuestarios autorizados por las leyes de presupuestos generales del Estado para el año 2001 y sucesivos, a favor de la Consejería de Empleo en relación con la gestión de subvenciones de ámbito laboral.

De otro lado, la juez ha acordado ampliar las investigaciones a las ayudas y subvenciones concedidas en los años 1999 y 2000, dado que “si bien es cierto que cuando se iniciaron las presentes diligencias previas se acordó que se investigaran las subvenciones y ayudas sociolaborales concedidas por la Consejería de Empleo en virtud de la cuerdo Marco de 17 de junio de 2001 mediante las transferencias de financiación, del devenir de la instrucción y sobre todo de las conclusiones mantenidas en los sucesivos atestados de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, particularmente el correspondiente al funcionamiento de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, han revelado nuevos datos relacionados con otras posibles subvenciones otorgadas por la Junta y el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) con anterioridad al periodo inicialmente investigado”, precisa el nuevo auto.

Alaya cita expresamente las ayudas concedidas a Jerez Industrial e Hijos de Andrés Molina en fechas anteriores al acuerdo marco de 2001, por lo que acuerda ampliar las investigaciones a 1999 “para mayor claridad en los trabajos de investigación y en el análisis de sus antecedentes”.Por último, la magistrada ha requerido a la Junta para que aporte documentación relativa a unas modificaciones presupuestarias de la Consejería de Empleo de 2010, en concreto, Alaya ha pedido el expediente completo de generación de crédito por 20 millones de euros, que lleva la firma del director general de Presupuestos, y la rectificación de una transferencia de crédito tramitada en el expediente 2010/1159, también por importe de 20 millones.

La juez también ha requerido a la Junta para que aporte informe emitido por el gabinete jurídico en relación con el decreto-ley 4/2012, de regularización de las ayudas y que fijó “medidas extraordinarias y urgentes en materia de protección sociolaboral a ex trabajadores andaluces afectados por procesos de reestructuración de empresas y sectores en crisis”.

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