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Rechazan el recurso de Benavides contra el Ayuntamiento por un contrato de limpieza

  • La alcaldesa sexitana considera que el exregidor ha intentado “paralizar la solución de un problema, al considerar que le perjudica electoralmente"

Imagen de la playa de Almuñécar el pasado verano

Imagen de la playa de Almuñécar el pasado verano / G. H.

El Tribunal Administrativo Central de Contratación Publica de la Diputación Provincial de Granada ha desestimado el recurso interpuesto por Juan Carlos Benavides (PA) contra el acuerdo plenario del consistorio de Almuñécar para la contratación del servicio de recogida y transporte de residuos urbanos, limpieza viaria y de playas de este municipio.

Según la resolución se “desestima el recurso interpuesto” por Juan Carlos Benavides Yanguas , contra el acuerdo del plenario del pasado 10 de septiembre “en el que se aprobó los pliegos para la adjudicación de los contratos mixtos de concesión de los servicios de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y de playas del municipio de Almuñécar”.

La resolución del TACP declara que “no se aprecia la concurrencia de mala fe o temeridad en la interposición del recurso por lo que no se procede a imponer sanción “ y se indica que esta solo es ejecutiva por lo que cabría interposición de recurso contencioso administrativo ante TSJA en un plazo de dos meses.

El recurso presentado por Benavides se basaba entre otros puntos en la no división en lotes del contrato y que existían indefiniciones que eran susceptibles de interpretación y generaban inseguridad. Estos temas han sido rechazados por el Tribunal al considerar que la división en lotes dificultaría la correcta ejecución, ya que implica la necesidad de coordinar la ejecución entre diferentes empresas, con lo que el servicio podría verse imposibilitado y la gestión conjunta de los servicios por una sola empresa supone un ahorro energético, medioambiental y económico.

El Tribunal argumenta que no aprecia ni arbitrariedad, ni discriminación, ni error material, ni tampoco restricción a la competencia en el segundo de los argumentos del líder de la oposición en Almuñécar, por lo que también lo desestima.

En cuanto al argumento de las indefiniciones que podían suscitar interpretación y que generaban inseguridad, considera que no existe argumento ni cuestión que pudiera producirse vicio de nulidad o anulabilidad, puesto que el acto lo establece la legislación vigente.

Una resolución que para la alcaldesa de Almuñecar , Trinidada Herrera (PP) viene a demostrar que “Benavides solo mira a sus intereses electorales y nunca por el bien de Almuñécar y La Herradura”. Considera que “es cruel que intente paralizar las soluciones a problema del municipio que proponemos” y solo lo hace “por réditos electorales”.

Herrera ha mostrado su satisfacción por la resolución del Tribunal y ha explicado el pliego de condiciones aprobado mejora “sustancialmente el anterior y viene a resolver los problemas que había en el municipio con la limpieza de calles y de las playas".

Considera que la única pretensión de Benavides ha sido “paralizar la solución de un problema, al considerar que le perjudica electoralmente".

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