El Ayuntamiento de Granada podrá inmovilizar o retirar patinetes y segways

Municipal

El Consistorio presenta el borrador de la nueva ordenanza de movilidad que establece sanciones por el mal uso de estos vehículos por particulares y empresas

Un conductor de patinete eléctrico, por la calzada y sin casco, podría ahora ser sancionado / Álex Cámara

El Ayuntamiento de Granada presentó ayer a diferentes colectivos de movilidad de la ciudad y el Área Metropolitana el proyecto de ordenanza municipal de circulación de peatones, bicicletas y vehículos de movilidad personal, que de forma unánime fue considerado como un "avance". La principal novedad de esta nueva normativa es la fijación del uso de los polémicos patinetes eléctricos y las nuevas formas de movilidad personal, además de un nuevo marco regulador para las empresas de segways turísticos.

El texto, al que ha tenido acceso esta redacción, presenta como novedades el "principio de convivencia vial", que hace que se dé prioridad al peatón y al usuario de un vehículo que "ofrezca menos protección a sus ocupantes"; actualiza la circulación de peatones y bicicletas; regula los vehículos de movilidad personal; y actualiza el régimen sancionador. Es decir, se establecen las multas para los usuarios de este tipo de medios de transporte.

Infracciones para VMR

  • Infracciones leves. Circular por vías o zonas prohibidas, incumplir las normas de visibilidad, las prohibiciones de estacionamiento, no portar documentación del vehículo, transportar a más personas de las autorizadas (sin exceder el 50%), incumplir normas de tráfico.
  • Infracciones graves. Exceder en un 50% las plazas autorizadas, circular sin tener la edad permitida, incumplir requisitos técnicos, de forma negligente, no respetar señales y órdenes de los agentes de autoridad, ni un semáforo en rojo, stop o ceda el paso, conducir con auriculares o usando manualmente móviles o navegadores, no usar casco, ser remolcado o arrastrado.
  • Infracciones muy graves. Superar en más de un 50% la velocidad máxima, en sentido contrario, de forma temeraria, y circular con tasas superiores de alcohol o drogas.

César Díaz, concejal del ramo, presidió el Observatorio de la Movilidad donde se presentó este proyecto junto a la edil del PSOE, Raquel Ruz, y de Unidas Podemos, Antonio Cambril. Díaz destacó que este texto y la política del Consistorio en materia de movilidad se moverá en cuatro frentes. De un lado, "trabajar para tener más espacio de aparcamiento para bicicletas, ciclos y patinetes", no sólo en el centro de la ciudad, sino en los barrios. De otro, conectar y desarrollar carriles bici dentro de la capital y hacia el Área Metropolitana; estudiar la implantación de más líneas de autobús interurbanas; y "dar pasos importantes" en la peatonalización de determinadas localizaciones de la ciudad e implantar "de forma progresiva" la zona 30.

En cuanto a la regulación de los VMP, el Ayuntamiento establece en la normativa dos tipos de vehículos: tipo A (hoverboards, monociclos, monopatines, patinetes y minisegways de menos de 25 kilos y circulan a menos de 20 km/h) y tipo B (patinetes y segways con peso, velocidad y medidas superiores).

Infracciones para empresas turísticas que utilicen estos vehículos

  • Infracciones leves. No presentar la autorización y la documentación de los dispositivos.
  • Infracciones graves. No seguir el itinerario autorizado, aparcar bicicletas, ciclos o VMP fuera del lugar autorizado, entorpecer el paso de peatones y vehículos en las paradas explicativas de los guías, circular sin guía o en grupos superiores a seis personas, no mantener la distancia de 75 metros entre grupos, realizar la actividad fuera del horario establecido.
  • Infracciones muy graves. Carecer de título para desarrollar la actividad comercial, no mantener las condiciones de la autorización durante el ejercicio de la actividad, no facilitar a los usuarios elementos de seguridad (cascos, chalecos...), permitir el uso de estos vehículos a personas que no puedan llevarlos, carecer de seguro.

Para todos ellos, con carácter general, se prohibe su circulación por aceras, calles y zonas peatonales, se establece una edad mínima de 15 años para poder usarlos sin acompañamiento adulto, y estarán obligados a cumplir las normas de circulación aplicables a cualquier vehículo como, por ejemplo, no superar el número de plazas asignadas o poder ser sometidos a controles de alcoholemia y sustancias prohibidas. Los usuarios de estos vehículos también tendrán que ser visibles "en todo momento" con elementos reflectantes, llevar casco, alumbrado delantero y trasero, timbre (si el diseño lo permite) y señalizar, aunque sea manualmente, los desplazamientos laterales.

Por su parte, para las empresas de turísticas que utilicen este tipo de vehículos se establecen unas obligaciones como obtener permiso directo o por licitación pública, que incluirá las propuesta para un lugar de estacionamiento fijo de estos vehículos en periodos de espera, establecer los puntos de parada en los itinerarios para no entorpecer a los peatones, y seguro de responsabilidad civil para cubrir posibles accidentes. Establece además grupos de seis personas mas un guía y una distancia entre ellos de 75 metros. Además, estas empresas turísticas tendrán horarios establecidos para su labor. Incumplir estas normas puede llevar a la inmovilización o retirada del vehículo a su dueño.

Infracciones para bicicletas y ciclos

  • Infracciones leves. Circular por aceras, calles o zonas peatonales no autorizadas, hacerlo por zonas de prioridad peatonal sin atender condiciones indicadas, incumplir normas de visibilidad, amarrar bicicletas a señales de tráfico, marquesinas de transporte urbano, árboles, elementos ornamentales o inmuebles protegidos, aparcar de forma indebida en aceras, estacionar con fines publicitarios, transportar a más personas de las autorizadas (sin exceder el 50%).
  • Infracciones graves. Que un menor de edad transporte a otro menor de edad, transportar un número de personas superior al 50% las plazas autorizadas, llevar en un ciclo a un menor de 7 años en un asiento no homologado, circular en zonas de prioridad peatonal sin atender a las condiciones establecidas.
  • Infracciones muy graves. Circular en sentido contrario, salvo en un supuesto.

El Consistorio también tratará de crear un registro de ciclos, bicicletas eléctricas y vehículos de movilidad personal (VMP), para el cual será necesario que los usuarios cuenten con documentos que especifiquen las características técnicas de cada vehículo. Además, recomienda contar con un seguro de responsabilidad civil.

El proceso de aprobación pasará previamente por un periodo de alegaciones, será discutidas en comisión, y luego se elevará a pleno. Algunas de estas alegaciones ya fueron avanzadas por algunos participantes en la reunión, como poder meter patinetes en edificios públicos, considerar un pelotón ciclista como un único vehículo, estimar las dificultades en las bicicletas para tener una documentación fiable, apostar "de verdad" por una ciudad peatonal y adaptada a la bicicleta como en Europa, y fomentar el uso de la bici para ir a los centros escolares.

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