Tribunales

El caso TG7 llega a juicio seis años después y con un solo acusado

Juan Antonio Fuentes era entonces concejal de Servicios Generales y responsable de la televisión municipal..

Juan Antonio Fuentes era entonces concejal de Servicios Generales y responsable de la televisión municipal.. / G. H.

La próxima semana (los días 7, 8 y 9 de noviembre) la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada acogerá el juicio por el caso TG7, por el que se juzgará por los gastos extra pagados por el Ayuntamiento de Granada a una productora privada a un único acusado, el exconcejal del PP Juan Antonio Fuentes, entonces edil de Personal, Servicios Generales y Organización y responsable de la televisión municipal. Un procedimiento que se ha convertido en uno de los más importantes que afecta a la etapa de gobierno de José Torres Hurtado y uno también de los más mediáticos. 

A Fuentes, que ha quedado como único acusado en el procedimiento, se le juzgará por un presunto delito continuado de prevaricación, por lo que se enfrenta a peticiones de inhabilitación especial de hasta 15 años, que es la petición que reclama la Fiscalía y la acusación particular de Vamos Granada. En este caso hay más partes acusadoras, como el propio Ayuntamiento de la ciudad, que rebajó esa petición de pena a 10 años de inhabilitación por el mismo delito, que no conlleva penas de prisión según la ley. 

Algunas de las partes también han reclamado que se anulen las facturas firmadas por el exconcejal para autorizar una gran cantidad de gastos que no estaban incluidos en el contrato formal firmado entre el Ayuntamiento y la concesionaria de la televisión, dado que esos importes sobrepasaban las cantidades que salieron a concurso. La Fiscalía cifra en 864.121 euros el supuesto perjuicio para la ciudad. 

Fue Vamos Granada quien en diciembre de 2017 presentó dos denuncias ante la Fiscalía para que investigara posibles delitos o irregularidades en distintas contrataciones vinculadas tanto a la televisión municipal TG7 como a la empresa municipal del cementerio (Emucesa) durante la etapa de Gobierno local del Partido Popular. En febrero de 2018 la Fiscalía acordó interponer una denuncia por posibles irregularidades en la contratación de servicios en TG7 tras las diligencias de investigación penal abiertas a raíz de aquella primera denuncia. Finalmente, en 2022 el juez abrió juicio oral tras la etapa de investigación y esta semana se celebrará el mismo.

Cambio en el contrato sin tener competencias

Según el relato fiscal, el 22 de noviembre de 2011 la entonces empresa municipal de comunicación audiovisual (Emcasa S.A.) y la mercantil CBM suscribieron un contrato de servicio de grabación de todos los eventos informativos, programas o especiales designados por TG7. Tras una serie de modificaciones en el contrato (disminuyendo los servicios que se prestaban y aumentando el precio un 26,8% respecto al firmado en 2011) acordadas por la Junta de Gobierno Local y con efectos desde el 1 de enero de 2013, el entonces concejal Juan Antonio Fuentes, del que dependía el servicio de radio-televisión, suscribió dos años después -el 1 de julio de 2015- un convenio de servicios complementarios al contrato inicial.

A juicio de la Fiscalía, lo hizo pese a no tener competencias para ello y con la supuesta "finalidad de eludir el control de la Intervención Municipal y proporcionar un beneficio a la empresa", teniendo "pleno conocimiento" de prescindir "total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido" al carecer de competencia para contraer esta clase de obligaciones en nombre del Ayuntamiento de Granada y "ocasionando con ello un serio perjuicio a las arcas municipales".

En la misma línea, para la acusación particular, Fuentes Gálvez "era conocedor de las limitaciones, requisitos y controles de la normativa municipal en la contratación pública. Pero aun así y a sabiendas de la ilegalidad que cometía, contrató el servicio con la citada mercantil prescindiendo absolutamente del procedimiento administrativo legalmente establecido y además, lo hizo, sin tener competencia alguna, obligando así al Ayuntamiento de Granada a una transacción mercantil manifiestamente ilegal, endosando a la Institución Pública Municipal una deuda hasta la fecha del contrato (1/7/2015), cuando esa obligación databa de 1 de enero de 2013, todo con elusión del control de la Intervención Municipal, ocasionando así un grave e irreparable perjuicio a las cuentas públicas municipales".

Además, Fuentes firmó no solo el convenio de 2015 sino "también las sucesivas facturas que fueron firmadas en el mismo día, todas ellas (reconociendo la prestación de numerosos y muy diversos servicios de personas, medios materiales y compensación de servicios...) sin constatar la veracidad de los servicios realmente prestados" al exigir que la entonces coordinadora de la televisión, con la finalidad de justificar unos servicios que no habían sido solicitados, sin que constara la justificación de su realización, emitiera con fecha de octubre de 2016 un informe en el que reconocía que los servicios eran extraordinarios" y por eso no estaban comprendidos en el contrato vigente.

Dos formas de satisfacción de cantidades a la productora

El contrato firmado en 2015 establecía "dos formas de satisfacción de determinadas cantidades a favor de Raúl Berdonés", que también fue investigado y titular de la mercantil. : bajo la apariencia de lo que denominó "pago de servicios por un sistema de esponsorización" el exconcejal supuestamente dio cobertura a la salida de "importantes cantidades de dinero que venían siendo abonadas a cargo de determinadas empresas públicas (Emasagra, Inagra o Fundación Granada Educa) con su autorización desde 2013 (...) sin que existiera contrato o convenio alguno que reflejara esta salida de fondos y sin que quedara constancia en el presupuesto ni en la intervención municipal de este acuerdo entre un concejal del Ayuntamiento y una empresa contratista de un servicio de televisión para abonar unas cantidades a cargo de una empresa ajena que ascienden a 315.345 euros".

Por otro lado, mediante el reconocimiento de una deuda pendiente, "con el informe favorable de la coordinadora de TG7, se consigue que un Juzgado de lo Contencioso dicte una sentencia que admita la reclamación" efectuada por la productora que prestó los servicios extraordinarios.

El Juzgado de Instrucción decidió procesar únicamente a Juan Antonio Fuentes por este asunto, dejando fuera del proceso a la coordinadora de TG7 en el momento de los hechos y al que fuera responsable de la productora con la que se contrataron los servicios, Berdonés, que estuvieron investigados durante la fase de instrucción.

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