Granada

La crisis eleva los dictámenes del Consultivo por contratos incumplidos

  • Una de cada diez consultas que resolvió el órgano en 2013 fue sobre resoluciones de contrataciones administrativas La mayoría de las consultas acabó con informe favorable

El Consejo Consultivo de Andalucía, órgano que vela por el cumplimiento de la legalidad en las decisiones de las administraciones andaluzas, emitió el año pasado un total de 886 dictámenes, de los que 109 estuvieron relacionados con expedientes de contratación administrativa. De esos 109 pronunciamientos, 81 tuvieron que ver en concreto con resoluciones de contrato promovidas por la Junta de Andalucía y los ayuntamientos andaluces, muchas de ellas producidas por incumplimientos en el ámbito urbanístico por parte de empresas que, ahogadas por la crisis, dejaron obras inacabadas.

De las estadísticas se desprende que una de cada diez consultas aterrizadas el año pasado en el Palacio de Bibataubín, donde se ubica la sede del Consultivo, estuvo relacionada con la decisión de una administración de dar por finalizado un contrato ante el incumplimiento del contratista o ante su propia imposibilidad de seguir con los pagos.

El aumento de estos dictámenes ha sido progresivo en los últimos años. Los datos que maneja el Consejo Consultivo, a los que ha tenido acceso este diario, así lo reflejan. La cifra ha ido creciendo en especial desde 2009, siendo el total de dictámenes por resoluciones de contrato ese año también de 81, frente a los 40 y 43 de 2007 y 2008, respectivamente. Aunque en 2010, la cifra volvió a descender (46), en los años siguientes siguió elevándose hasta los 54 de 2011 y los 70 de 2012. En lo que va de año, ya se han emitido 33 dictámenes por resoluciones de contrato, lo que supone un 7% del total (465 dictámenes se han emitido en los seis primeros meses del año), por lo que de seguir este ritmo, todo apunta a que este año la cifra será algo inferior a la de 2013.

De ese aumento progresivo de solicitudes de dictámenes por incumplimientos en contratación administrativa da fe el presidente de este importante órgano de consulta, Juan Cano Bueso, quien confirma que es atribuible a la crisis. "Creo que el Consejo Consultivo registra la realidad social y, desde luego, a partir de 2008 se produce un incremento de las resoluciones de contrato en paralelo a la disminución de actividad urbanística preparatoria para la construcción", señala. Basta con mirar hacia atrás y comparar las cifras más recientes con las de hace una década, teniendo siempre en cuenta que el número de dictámenes esos años era muy inferior al actual. Por ejemplo, en 2004, año en que se emitieron 406 dictámenes, hubo solo 26 solicitudes de este tipo.

En cuanto a las causas de las resoluciones de los contratos son dos. La primera -que según las fuentes consultadas es las más frecuente- sería el abandono del contrato por la empresa derivado de incumplimientos que pueden ser en cantidad o en calidad. Este abandono, en último extremo, puede comportar a su vez el abandono puro y duro de la obra. En este caso, el incumplimiento suele deberse, como explica el presidente, a "dificultades financieras, bien porque la empresa atraviese problemas de liquidez, bien porque sencillamente haya entrado en concurso de acreedores". En este caso, si se demuestra la culpabilidad de la empresa, ello implicará "la pérdida de la fianza y la indemnización de daños y perjuicios". El Consejo, como agrega Cano Bueso, debe determinar "si el incumplimiento de las obligaciones son principales o accesorias, porque no todos los incumplimientos abocan a la resolución del contrato", sino que depende de la entidad del incumplimiento.

La segunda causa es que la Administración sea la parte incumplidora, "algo que normalmente suele pasar por impago de las cantidades debidas o por no tener disponibles los terrenos para la edificación o el bien por el que se ha de prestar el servicio", aclara. "Aquí el Consejo vela por que no se produzcan abusos por parte de la Administración en la potestad que tiene unilateral de resolver el contrato", explica. Es decir, el Consejo en este caso vela por que la Administración no haga una interpretación abusiva de las cláusulas "y opte, en la medida de lo posible, por otras medidas alternativas", como por ejemplo por penalizaciones que permitan llevar el contrato a buen puerto.

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