Tribunales

El Supremo desestima el recurso del profesor de la Universidad de Granada sancionado por conducta inapropiada hacia una estudiante

  • El Alto Tribunal declara en un auto la firmeza de la sentencia que permite que se haga efectivo el castigo

  • La UGR inició un procedimiento interno tras la denuncia de una alumna de 19 años de agresión sexual

Hospital Real, sede del Rectorado de la UGR.

Hospital Real, sede del Rectorado de la UGR. / R. G.

Un auto del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de un docente de la Universidad de Granada sancionado con una suspensión de 90 días de empleo y sueldo por conducta inapropiada hacia una estudiante. El docente llevó la resolución de la rectora que le castigaba al Alto Tribunal al entender que las decisiones previas tomadas por el Jugado de lo Social y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía eran contradictorias con respecto a otras sentencias. Por ello presentó recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, que ya se ha pronunciado y ahora la sentencia cobra firmeza.

Se trata de último capítulo de un asunto que comenzó en a finales de 2015. Una estudiante de 19 años denunció ante el Defensor Universitario primero y ante la Policía Nacional pocos días después ser víctima de un presunto caso de acoso sexual cometido supuestamente por un profesor de la UGR. A comienzos de 2016 se acordó iniciar un expediente disciplinario dentro de la institución académica para determinar qué había ocurrido, expediente que quedó paralizado al iniciarse un proceso penal. Éste concluyó el 10 de noviembre de 2016 con un auto de sobreseimiento provisional que posteriormente fue confirmado.

Una vez finalizado el recorrido judicial de la denuncia de la estudiante se retomó el expediente interno de la UGR, que finalizó con una propuesta de sanción de suspensión de empleo y sueldo por un periodo de 90 días. El motivo fue que se consideró que el profesor había cometido una falta disciplinaria muy grave según el artículo 95.2 del Estatuto Básico del Empleado Público, en concreto "la prevalencia de la condición de empleado público para obtener un beneficio indebido para sí o para otro". La resolución de la rectora fue notificada al profesor el 27 de febrero de 2018.

Tras este paso dado por la UGR, el docente decidió impugnar la sanción. La sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Granada, de 22 de mayo de 2019, dio la razón a la Universidad. El profesor llevó el asunto a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que se pronunció de nuevo en contra de lo alegado por el profesor sancionado, que recurrió al Supremo, que finalmente ha decidido inadmitir el recurso de casación. Así, el auto declara la firmeza de la sentencia recurrida. Contra el auto del Supremo no cabe recurso alguno.

Desde la Oficina de Gestión de la Comunicación de la UGR se destacó que la Universidad "ha obtenido por tanto tres pronunciamientos judiciales favorables a la sanción impuesta".

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