Granada

La aplicación del toque de queda en Granada, entre los jueces y el BOJA

  • Es clave para la Junta la ratificación por la Sala de lo Contencioso del TSJA de esta medida de restricción de la movilidad, que es la más contundente ordenada por la Junta de Andalucía hasta ahora

La aplicación del toque de queda en Granada, pendiente de los jueces del TSJA

La aplicación del toque de queda en Granada, pendiente de los jueces del TSJA

A diferencia de otras medidas restrictivas para frenar el coronavirus, cuya entrada en vigor ha sido inminente tras su anuncio por parte de la Junta de Andalucía, en el caso del llamado toque de queda de Granada, el momento idóneo para su aplicación ha generado dudas en el seno del Gobierno autonómico. El amplio calado de la orden (que sería la más restrictiva y sobre mayor población hasta ahora) ha hecho oscilar entre esperar a que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la ratifiquen o ponerla en marcha directamente con la mera publicación en el BOJA, del mismo modo que se hace con el resto de nuevas directrices. 

Desde que se puso fin al estado de alarma en España, cada vez que la Junta decide aplicar medidas restrictivas que limitan los movimientos, las libertades o cualquier norma vigente en Andalucía, la Administración tiene que solicitar al TSJA que ratifique esa decisión para valorar si es ponderada, en aplicación de la Ley orgánica de salud pública de 1986, que permite adoptar determinadas medidas por "razones sanitarias de urgencia o necesidad". 

Así lo ha hecho hasta ahora el TSJA en varios autos dictados por la Sala de lo Contencioso a lo largo de estos meses. El último acaba de ser notificado y es referente a las medidas restrictivas adoptadas a Granada la semana pasada, de cierre de restaurantes y bares a las 22:00 horas y de reuniones de menos de seis personas, entre otras limitaciones. Ahora esas órdenes se harán extensivas a otros puntos de Andalucía.  

Pero es la primera vez que la Junta va a pedir la ratificación judicial para restringir la movilidad de una zona tan amplia como la capital de Granada y su Área Metropolitana (con casi 800.000 habitantes) y en esta ocasión el Gobierno andaluz anunció por la mañana que, por el momento, se iba a limitar a "plantear" la medida y esperar la decisión de los magistrados. El problema es que la espera podría hacerse eterna con los datos disparados de la pandemia que Granada registra cada día, así que el Gobierno autonómico se ha inclinado al final por su rápida aplicación en cuanto sea publicada la orden y, como ha ocurrido hasta ahora con el resto de medidas, confiar en la confirmación judicial a posteriori. 

Otra posible solución sería que fuera el Gobierno de España el que adopte esta medida con carácter general en el territorio español, algo que el consejero de Salud, Jesús Aguirre, ha anunciado que "puede ser positivo", dependiendo de los criterios y parámetros que se pongan para justificar cada restricción. La Junta ha explicado que con esta petición al TSJA pretenden adelantarse y seguir sus propios tiempos. 

¿Cuánto puede tardar? El papel de la Fiscalía

La respuesta a las dos preguntas claves, que son el tiempo que puede tardar el TSJA en dictar un auto al respecto y cuál será el sentido de esa resolución se puede intuir en los antecedentes más próximos. Las últimas veces en las que la Sala con sede en Granada ha ratificado las órdenes de la Junta para frenar la pandemia el tiempo transcurrido entre la solicitud de ratificación y el auto ha oscilado entre los 5 y 8 días.  

El periodo más largo corresponde al caso del confinamiento del municipio de Linares, un auto que dio luz verde a la medida varios días después de su entrada en vigor. Respecto al cierre nocturno de establecimientos que la Junta ordenó el viernes pasado en Granada y que hoy ha hecho extensivo a otras capitales como Sevilla, Jaén o Córdoba, la decisión ha tardado casi una semana desde su presentación judicial. 

Es importante tener en cuenta también que en ese periodo, la Sala tiene que conocer el informe sobre el pronunciamiento de la Fiscalía. En el caso de las limitaciones de movimientos en Linares, el Ministerio Público "informó en el  sentido de oponerse a la ratificación judicial", lo que no fue obstáculo para que los magistrados fallaran a favor de la Junta, al considerar las medidas "justificadas, proporcionadas y necesarias". 

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