Tribunales

La Audiencia quita la fianza del caso Serrallo al concejal del PP Francisco Ledesma

  • El tribunal mantiene la obligación económica de 2 millones de euros para otros 11 acusados que habían pedido adherirse al recurso del edil granadino.

  • Vox es la única parte que pidió fianza para Ledesma

El concejal del PP del Ayuntamiento de Granada Francisco Ledesma no tendrá que aportar fianza económica en el caso Serrallo. El edil es el único de los 16 acusados en este procedimiento que por el momento ha conseguido desembarazarse de la obligación económica de dos millones de euros impuesta por la jueza al final de la fase de instrucción, en mayo del año pasado. La Audiencia Provincial acaba de estimar su recurso.

Los magistrados de la Sección Primera han tomado la decisión de dejar sin efecto la imposición de la fianza en el caso de Ledesma por su particular situación procesal. Pero no han tenido la misma suerte otros 9 acusados en la causa (entre ellos varios concejales del Partido Popular) y las dos empresas implicadas como posibles responsables civiles, que habían pedido adherirse al recurso del edil. En estos otros casos la Audiencia ha rechazado sus peticiones y, por tanto, mantiene su obligación de hacer frente al pago que les corresponda de la fianza millonaria impuesta por la jueza de Instrucción 2, María Ángeles Jiménez.

El motivo fundamental por el que Ledesma ha sido dispensado de esa obligación económica es que "es únicamente la acusación popular que ejerce Vox, la que solicita la condena del aquí acusado". Pero esta formación política actúa como acusación popular y, como tal, "no ostenta nunca legitimación para ejercitar la acción civil dimanante de un delito". 

Las únicas partes que sí tienen esta prerrogativa son la Fiscalía o la acusación particular, en la medida en que serían perjudicados directos. Pero en el caso de Francisco Ledesma ninguna de ellas, ni el Ministerio Público, ni el Ayuntamiento, ni el empresario Abel Pizarro han formulado imputación alguna contra el edil.

Otras partes procesales, la empresa propietaria del Centro Nevada (de Tomás Olivo) y el particular denunciante del caso, Juan Santiago Pineda, que también son acusaciones particulares y sí piden responsabilidades penales contra Ledesma, no han reclamado, sin embargo, "condena alguna en concepto de responsabilidad civil pecuniaria más allá de la genérica petición de imposición de las costas procesales". 

Concluyen por tanto los magistrados de la Audiencia Provincial que "no cabe estimar procedente la imposición de fianza, pues ninguna responsabilidad de esa índole es necesario asegurar, sin que las demás responsabilidades de carácter pecuniario que pudieran derivarse de este procedimiento para el acusado se prevean de entidad suficiente como para entender concurrente" la imposición de la fianza impuesta. 

Ledesma sostiene que Vox no tiene "legitimidad" para la acusación por la "injerencia política" que supone.

Ledesma, defendido por la letrada María José Arcas-Sariot, fue también el primer acusado que consiguió la admisión a trámite de este recurso, algo que para otros imputados en la causa fue rechazado y por eso recurrieron a la fórmula de la adhesión a este recurso. En su auto del pasado 16 de enero, los magistrados consideran que haberlos incluido en la resolución, junto a Ledesma, sería algo así como "fraude procesal", dado que a ellos les fue vetada la vía del recurso.

Hay otro grupo de acusados, como la exconcejal Isabel Nieto o el técnico de Urbanismo Manuel Lorente, que también consiguieron la admisión a trámite de sus recursos y están a la espera de su resolución por parte de la Audiencia Provincial. Aunque esto no implica que la respuesta final respecto a la fianza tenga que ser idéntica a ésta, sobre todo porque en este auto los magistrados han analizado la situación particular del edil Ledesma, que difiere de otros muchos. 

En una nota pública difundida por Ledesma, su defensa sostiene: "la decisión de la Sala nos acerca a una serie de cuestiones previas planteadas en nuestro escrito de defensa que apartarían a mi cliente del procedimiento". Se basan en la "posible falta de legitimación del partido político Vox para sostener la acusación popular en esta causa, dado el criterio restrictivo que se impone en la jurisprudencia más reciente en relación a esta figura" y "la injerencia política que ello implica en una causa judicial".

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